La totalidad de los vecinos y vecinas que integran la Asamblea de Mayores Contribuyentes aprobó la readecuación del Impuesto Automotor para los rodados que la Provincia de Buenos Aires transfirió al Gobierno Local mediante las leyes Número 13010/03, 13404/06, 13613/07, 13787 y 14044/10, y de acuerdo a la autorización conferida a través del artículo 39° de la Ley Número 14044/10.
Este proyecto, que fue impulsado por el Ejecutivo Municipal con el fin de continuar aplicando medidas de equidad contributiva, actualiza en un 20% las valuaciones fiscales de los automotores, vigentes a partir del año 2009, inclusive, como así también los que tributan de acuerdo a su peso en kilogramos, incluida la carga transportable.
La ley provincial Número 13.010 de 2003, en su capítulo tercero - artículo 11, establece la transferencia del impuesto a los automotores a los municipios de la Provincia de Buenos Aires de acuerdo al lugar de radicación de los rodados, quienes serán los encargados de efectivizar su cobro.
De acuerdo a esa ley se transfiere el impuesto por los modelos 1977 a 1987. Luego, en 2004 transfiere los modelos 1988 a 1991 (Ley Pcial. N° 13155); en 2006, 1992 y 1993 (Ley Pcial. N°13404); en 2007, 1994 y 1995 (Ley Pcial 13613); en 2008, 1996 y 1997 (Ley Pcial. N° 13787); y en 2010 los vehículos modelo 1998, de acuerdo a la Ley Pcial. N° 14044, que en su artículo 39 habilita a las municipalidades a aplicar ese incremento.
