La entidad monetaria eliminó el tope para exportadores de servicios y prohibió comisiones sobre acreditaciones en cuentas en dólares. También impuso nuevas restricciones para autoridades y accionistas de entidades financieras.
El Banco Central anunció un paquete de medidas en medio de la jornada más crítica para el Gobierno en materia cambiaria desde la salida del cepo. Por un lado habilitó un acceso más simple a divisas para quienes exportan servicios, mientras que por otro introdujo límites más severos para las operaciones en dólares de directivos y accionistas de bancos.
La autoridad monetaria quitó el tope anual de US$ 36.000 que regía para personas que vendían servicios al exterior y que las obligaba a liquidar en el Mercado Libre de Cambios. En un comunicado oficial explicó: «A partir de la entrada en vigor de esta normativa, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados».
Con este cambio los profesionales que trabajan para clientes extranjeros podrán ingresar sus dólares al sistema bancario local sin restricciones. Hasta ahora, muchos optaban por billeteras digitales o criptomonedas para esquivar las trabas y las comisiones bancarias. Con la nueva normativa, las divisas que ingresen por esta vía pasarán a reforzar las reservas del Banco Central.
La entidad también prohibió a los bancos cobrar comisiones a residentes por acreditaciones de divisas del exterior en cuentas en moneda extranjera. Esto alcanza los ingresos por exportación de servicios, fondos propios o ayuda familiar, entre otros. Hasta ahora los bancos aplicaban cargos altos sobre esas transferencias y los clientes recurrían a mecanismos alternativos. El organismo aclaró que «esta norma no impide que se trasladen a los clientes los cargos que pudieran corresponder por los servicios prestados por las entidades intervinientes del exterior en la transferencia. Estos costos deberán estar debidamente documentados».
En paralelo, el Banco Central introdujo nuevas restricciones para frenar operaciones de compra de dólares con bonos detectadas en los últimos días. A través de la Comunicación “A” 8332, estableció que desde el 19 de septiembre de 2025 regirá una prohibición de acceso al dólar MEP/CCL para directivos y accionistas de entidades financieras con participación significativa, así como para sus familiares cercanos.
El alcance incluye a accionistas con 5% o más del capital social o de los votos de una entidad financiera, directores, gerentes, máximas autoridades, síndicos, integrantes del Consejo de Vigilancia y funcionarios con rango de gerente o equivalente, además de cónyuges o convivientes y familiares cercanos. La normativa dispone que «en esos casos, la entidad deberá exigir una declaración jurada comprometiéndose a no realizar operaciones de dólar MEP/CCL (compra de títulos con liquidación en moneda extranjera) por cuenta propia o de terceros, durante el acceso y por 90 días corridos posteriores».
Con este esquema, el Banco Central buscó incentivar el ingreso de divisas genuinas al mercado oficial y al mismo tiempo bloquear operaciones especulativas en un contexto de tensión cambiaria.
