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Los Colegios de Profesionales rechazan la suspensión de edificios
San Martín

Luego de un encuentro mantenido el jueves 28 en el Colegio de Arquitectos Región IV, seis instituciones de la zona difundieron un documento donde explican las razones por las que se oponen a la suspensión provisoria de 180 días para construir edificios que superen los 9 metros, en San Andrés. A su vez, se ofrecen para intercambiar propuestas que acerquen una solución al conflicto.

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2 mayo, 2011 0

Difundimos comunicado y las firmas de los Colegios adherentes:

Los representantes de los Colegios Profesionales relacionados con la construcción, hemos tomado conocimiento que se encuentran a consideración de la Comisión de Obras Públicas del Concejo de San Martín tres proyectos de Ordenanza que intentan la suspensión por seis meses de los trámites de presentación de las construcciones que superen los 9 metros de altura -prorrogable según alguno de los proyectos- con la rezonificación del área de la Localidad de San Andrés, y queremos manifestar por la presente, nuestro unánime rechazo a la pretendida suspensión y a cualquier cambio de zonificación en forma unilateral e inconsulta que afecte los indicadores urbanísticos de las zonas del Partido.

No son tan lejanos los tiempos en que la especulación financiera se imponía en la economía de nuestro país, pero las circunstancias socio-económicas actuales han permitido cambiar diametralmente ese sistema, promoviendo la obra pública y la actividad productiva como inclusión social para un desarrollo económico sustentable.

Dentro de este marco, la Industria de la Construcción fue el motor más importante que ayudo a salir de la crisis con un factor multiplicador de la actividad económica de 1.8, el que la convierte en la industria de industrias, generadora de empleo y reinversión genuina en el país y promoviendo además -como la más democrática- todo tipo de escalas de inversión simultáneas: chicas, medianas y grandes con la ocupación de mano de obra y materiales en el orden local.

Por más de 25 años las Normativas de edificación han permitido los emprendimientos que recién hoy se realizan en función de las circunstancias antes citadas y que justo hoy permiten su desarrollo e implementación.

Los procesos de urbanización de las ciudades deberían estar siempre acompañados por las empresas prestadoras de servicios, las que deberían invertir en la infraestructura que permita el desarrollo, y en tal sentido cabe destacar que en oportunidad de aprobarse el Código de Ordenamiento Urbano, se realizó la pertinente consulta a las citadas empresas, las que prestaron su conformidad y acuerdo con el Plan de Desarrollo pensado en la Década del ´80, y de no ser así, la citada norma nunca hubiese sido convalidada por los Organismos de la Provincia de Buenos Aires.

Además y por sobre esta condición, las actuales presentaciones de obras a construir se acompañan con la Factibilidad de las empresas prestadoras de servicios que prestan su conformidad para el normal abastecimiento al emprendimiento, ya sea porque pueden satisfacer la demanda inmediatamente o a través de futuras inversiones en ampliaciones de las redes de infraestructura que se comprometen a realizar, y más de una vez con aportes del propietario del Emprendimiento en cuestión (cámaras transformadoras de electricidad, extensiones de redes y de gas, etc.) de obras que luego serán utilizadas también para beneficio del conjunto de la comunidad.

En todo caso los supuestos reclamos de los vecinos por el tema de los servicios de infraestructura deficientes o escasos, deberían canalizarse a través de estas empresas prestadoras de los Servicios Públicos, que han tenido ya suficiente plazo y recursos a través de las tarifas y los subsidios para exigirles el cumplimiento de la expansión, adecuación y mantenimiento de las obras y redes de distribución.

Cabe destacar además que la exigencia municipal de presentación del Estudio de Impacto Ambiental previo a la aprobación de cada Proyecto de Construcción garantiza y preserva las condiciones ambientales supuestamente cuestionadas en los considerandos de alguno de los proyectos de Ordenanza presentados.

El “hacer ciudad” implica completar las áreas servidas con infraestructura de servicios y de transporte, con posibilidad de construir y ofrecer el acceso a una vivienda digna a su población en el lugar que crece, trabaja y tiene sus arraigos sociales y culturales y el sentido de pertenencia junto a su familia y por el que tiene el mismo “derecho a la ciudad” como los demás vecinos.

Este derecho a la vivienda digna para todos deberá ser evaluado al momento de ofrecer a toda la comunidad las propuestas de mejores condiciones de habitabilidad y sentido de pertenencia para la mayor cantidad de ciudadanos, objetivo primordial de toda buena gestión Municipal que busque la integración social.

Teniendo en cuenta que la demanda de lotes para llevar a cabo estas construcciones provoca la revalorización de los terrenos disponibles, lejos de ser un perjuicio económico para el vecino redunda en un beneficio, por el incremento de la valuación de su propiedad, de modo que cualquier propuesta de cambio que disminuya la capacidad edificatoria en las parcelas afectará directamente la expectativa de una mejor venta de su propiedad para la mayoría de los vecinos.

Asimismo, no se puede negar el conflicto y el colapso creado en los centros urbanos y en rutas o autopistas por el importante crecimiento del parque automotor, pero a nadie se le ocurriría ante esta circunstancia, proponer la suspensión de la fabricación de automotores durante algún plazo. Esta propuesta que parece tan irracional es semejante y equivalente a la que se intentaría con estas Ordenanzas de suspensión, que parten de una espontánea premisa simplista y unilateral que no intenta satisfacer las expectativas de la mayoría de los sectores involucrados en el tema.

Queremos y nos ofrecemos para colaborar y debatir todos los temas que hacen al desarrollo de una ciudad con inclusión, siempre que los mismos se traten en un ámbito de consenso para la producción de ideas y para lograr el mayor beneficio para la comunidad, a mediano y largo plazo, no pudiendo favorecer las medidas adoptadas, a un solo sector.

En vista de los 25 años trascurridos desde la sanción del Código de Ordenamiento Urbano, y la no presentación de objeciones al mismo por parte de las distintas administraciones e integraciones de Concejales hasta los tiempos actuales, entendemos que no se debería aplicar una sorpresiva suspensión inconsulta y unilateral a la citada norma aunque sea parcialmente, por plazo alguno, abogando por el respeto a las leyes vigentes y en este caso especialmente a la Ley 8912 reguladora del Uso del Suelo y a la que le reconocemos meritos propios en cuanto ha puesto coto al uso indiscriminado y especulativo del territorio pero sin dejar de reconocer la necesidad de adecuación y actualización de esta y otras normas urbanísticas habida cuenta de los cambios ocurridos y experiencias acumuladas desde su sanción.

Con la idoneidad que nuestras profesiones nos acreditan y dentro del marco de respeto a las Instituciones y a las Normas que garantizan nuestros Derechos y establecen nuestras Obligaciones, frente a la comunidad nos comprometemos a participar en todo debate, análisis y estudios necesarios para la modificación y adecuación de la actual Normativa, pero sin acordar con la Suspensión Previa de las edificaciones hasta tanto no se estudien, fundamenten y consensuen las actualizaciones a proponer, previo a la implementación de las mismas, dentro de los procedimientos legales establecidos.

Con las explicaciones expuestas entendemos haber aclarado y puesto a consideración los factores trascendentes que entendemos no habían sido considerados hasta este momento, situación esta, que de corresponder, daremos a conocer a la opinión pública para su información.

Por lo expuesto precedentemente reiteramos el rechazo de nuestras Entidades a toda Suspensión Previa de los trámites de presentación de las construcciones a realizar de acuerdo con la normativa vigente.

FIRMAN:
Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito IV
Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires Distrito VII
Consejo Profesional de la Agrimensura de la Pcia de Buenos Aires Distrito IX
Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires Distrito I
Colegio de Martilleros y Corredores Públicos Dpto Judicial de Gral. San Martín
Centro de Arquitectos de Gral. San Martín y 3 de Febrero
 

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Cuarta Sección

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