En los últimos meses, periodistas pidieron acceso a las DDJJ de funcionarios de relevancia en el Gobierno nacional, sin embargo desde la OA sorprendieron con la respuesta de la falta de obligación de estas figuras para presentarla.
Cada año los funcionarios del gobierno deben presentar su declaración jurada ante la justicia, sin embargo, ante la consulta a la Oficina Anticorrupción por la DJPI de algunas figuras trascendentales para el gobierno, se informó que al no tener cargos jerárquicos como ministerios o secretarias, estos no están obligados a presentarla
Según indica la Ley de Ética Pública están obligados a presentar su declaración jurada patrimonial integral “los asesores del Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo Nacional”.
Es por este motivo, que el medio El Destape consultó por las declaraciones juradas de personajes como Santiago Caputo, Federico Sturzenegger y la Oficina Anticorrupción les brindó una respuesta que sorprendió a mas de uno. Allí se informó que estos asesores no están obligados a presentar sus DDJJ.
A su vez se destaca que también se encuentran obligados “los funcionarios que en forma regular, de manera permanente o transitoria, cualquiera sea la modalidad de la relación laboral, efectúen tareas de asesoramiento a las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Nacional”.
Pese a tener como bandera la transparencia y la eficacia en el ejecutivo, no es la primera vez que al consultarse por el patrimonio de figuras como Caputo o Sturzenegger, la OA indica que las mismas no se encuentran disponibles porque para estas personas no son obligatorias.
En abril de este año, el periodista Walter Martello hizo lo propio ante la Oficina Anticorrupción y recibió una respuesta similar, pese a haber sido designado como «Asesor presidencial», desde la OA se informó que no estaba obligado por la modalidad de contratación.
«La respuesta de la OA parece obviar “el principio de realidad”, en el caso de Santiago Caputo, la modalidad de contratación no implica por el desempeño público de su función de “Asesor Presidencial”, pero por si sobre todas las cosas el rol que públicamente exhibe y desempeña, el manejo de información sensible que podría derivar en posibles conflictos de intereses. Este fue previsto en la ley de Ética pública para su caso, cuya jerarquía jurídica está por sobre encima de cualquier resolución de designación.», escribió al respecto de la respuesta de la OA.
La respuesta de la OA parece obviar “el principio de realidad”, en el caso de Santiago Caputo, la modalidad de contratación no implica por el desempeño público de su función de “Asesor Presidencial”, pero por si sobre todas las cosas el rol que públicamente exhibe y desempeña, el… pic.twitter.com/rJmy3F9fWa
— Walter Martello (@WalterMartello) June 4, 2024
Sobre la modalidad de contratación, se expresa que el vinculo de Caputo con el Gobierno es por contrato de prestación de servicios profesionales autónomos como “Asesor Presidencial”.
Cabe destacar que puntalmente estas dos figuras, son de gran relevancia para el programa del gobierno, puntualmente Sturzenegger, quien es el actor principal en la segunda fase del Gobierno que planea la desregulación de la economía. Esto fue parte de lo que motivó el pedido, ya que al tener tanta trascendencia en la política económica, se buscó descartar algún problema de intereses.
