El oficialismo aceptó las exigencias de la oposición y el proyecto no tendrá los anexos del plan económico del Gobierno. El texto se votará hoy en una sesión especial a partir de las 14.
El proyecto de ley que avala el acuerdo con el FMI obtuvo anoche un amplio respaldo político en torno al dictamen que se firmó en el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados, por lo que será puesto a consideración del cuerpo en una sesión especial solicitada para mañana a las 14.
El consenso fue el resultado de una serie de reuniones que se desarrollaron en varios despachos del Palacio Legislativo entre el presidente de la Cámara, Sergio Massa, y las autoridades de la mayoría de los bloques.
En línea con lo que exigía la oposición, Martín Guzmán y Alberto Fernández cedieron para que el proyecto se limitará a la autorización al Poder Ejecutivo para que realice «operaciones de crédito público» con el FMI, en el marco de un acuerdo de facilidades extendidas.
Si bien el ministro de Economía se encuentra en Estados Unidos donde será parte de una cumbre energética, siguió de cerca las negociaciones que encabezó el fundador del Frente Renovador y accedió a que se modifique la redacción y evitar todas las referencias al programa económico.
Y fundamentalmente el oficialismo se allanó a la condición que había planteado Juntos por el Cambio de quitar los anexos que referían al programa de políticas económicas para cumplir con las metas comprometidas con el organismo internacional. También el Frente de Todos aceptó sacar los fundamentos del proyecto, en los cuales se cargaba las tintas sobre la responsabilidad del Gobierno de Cambiemos en la operación de endeudamiento del 2018 que trajo nuevamente al FMI a la Argentina.
Los artículos quedarán de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1 — Apruébanse, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 75 inciso 7 de la Constitución Nacional y en los términos del artículo 2 de la Ley 27.612, las operaciones de crédito público contenidas en el “Programa de Facilidades Extendidas” a celebrarse entre el Poder Ejecutivo Nacional y el Fondo Monetario Internacional (FMI) para la cancelación de los vencimientos del “Acuerdo Stand By” oportunamente celebrado en 2018 y el fortalecimiento de las reservas internacionales.
El Poder Ejecutivo Nacional suscribirá, en uso de sus facultades, los instrumentos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente.
ARTICULO 2 – La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL.
ARTICULO 3 – Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
