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ARA San Juan: la Justicia citó a Mauricio Macri a indagatoria y le prohibió la salida del país
Nacional

El ex Presidente, actualmente de viaje en Miami, es investigado por el presunto espionaje de los familiares de los tripulantes del submarino. Fue convocado para el 7 de octubre.

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1 octubre, 2021

El ex presidente Mauricio Macri fue citado a indagatoria para el próximo 7 de octubre en el marco de la causa que investiga el espionaje a los familiares del Ara San Juan. Además, se le dictó la prohibición de salida del país, revelaron a Infobae fuentes judiciales. Se trata de la primera indagatoria a la que es llamado el ex jefe de Estado.

La decisión la tomó el juez de Dolores Martín Bava, subrogante del juzgado que comandó Alejo Ramos Padilla, en el marco de la causa que se abrió en esa jurisdicción para investigar si desde el gobierno de Mauricio Macri se buscó controlar los movimientos de los familiares de las víctimas de , a través de maniobras desplegadas de las denominadas bases AMBA de la Agencia Federal de Inteligencia entre fines de 2016 y diciembre de 2017.

En la misma resolución, el juez dictó el procesamiento de los ex directores de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, además de varios funcionarios y agentes que habían sido indagados. Se los sindicó como “responsables del delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de coautores, en virtud de haber obtenido información, producido inteligencia y almacenado datos sobre personas, por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias, y por la actividad lícita que desarrollaban, así como en virtud de haber pretendido influir en la situación institucional y política del país, en la vida interna de los partidos políticos y en asociaciones y agrupaciones legales de cualquier tipo; en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad de funcionario público en carácter de coautores”.

Conocida la decisión, familiares de las víctimas celebraron la noticia: “Esto se caía maduro desde el primer momento. No iba a poder zafar porque los papers que presentaron, que están en el expediente, que entregaron los espías, están dirigidos personalmente a él, no puede alegar desconocimiento”, opinó Luis Tagliapietra, padre de uno de los tripulantes fallecidos.

En la resolución, el juez hizo hincapié en que “el entonces Presidente de la Nación, Ing. Mauricio Macri, se reunió por primera vez con las y los familiares de los tripulantes del ARA San Juan el 20 de noviembre del 2017; es decir, a solo cinco días de la desaparición del submarino 64.” Sostiene la resolución que fue a partir de ese encuentro en que comenzó “el espionaje ejercido contra los familiares de los tripulantes del ARA San Juan (toda vez que el primer documento referido a este tema del que tenemos constancia data del diciembre del 2017). De una u otra manera la responsabilidad de los entonces directivos de la AFI en esta cuestión resulta ser evidente”.

Fue entonces que analizó las declaraciones de Silvia Majdalani, en su indagatoria, diciendo que allí “pretendió justificar adjudicando razones de seguridad presidencial, que los agentes de la AFI hayan realizado un informe colocando a dos mujeres -esposa y hermana de dos de los tripulantes desaparecidos-, que las hayan fotografiado e identificado y hasta hayan adjuntado sus perfiles de redes sociales en las que se indicaban cuáles eran sus opiniones sobre algunos funcionarios del entonces Gobierno Nacional y sobre el manejo que estos tenían respecto la desaparición del submarino”.

“¿Qué amenaza a la seguridad interior o a la seguridad presidencial puede presuponer dos mujeres en un predio custodiado por diversas fuerzas policiales y/o militares que lo único que querían era tener unos minutos de la atención de la máxima autoridad de la República en aquel entonces? Sostener que en estos hechos tan banales se encuentra en riesgo la seguridad nacional es de una peligrosidad que deja en estado de indefensión a todos y todas los ciudadanos y ciudadanas del país, debido a que cualquier persona puede ser sospechosa y así justificar la elaboración de un informe y estar dentro de los archivos de la Agencia Federal de Inteligencia”, afirmó el magistrado en la resolución.

Y añadió: “sostener la idea de que puedan hallarse factores de riesgo para la seguridad interior o la defensa nacional en eventos de este tipo, nos remonta a inaceptables épocas anteriores a la recuperación de la democracia, en las que se efectuaban similares tareas de espionaje político interno, recopilando información de numerosos ciudadanos en base a su militancia sea esta partidaria, gremial, comunitaria, etc. Esa producción de inteligencia ilegal no pudo deberse a una concatenación de “extralimitaciones” sino a una directiva precisa emanada de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional. Este accionar no puede ser admisible y es deber del Poder Judicial sancionar, no sólo por imperativo legal, sino como garantía de no repetición de estas prácticas aberrantes”.

Fuente: Infobae

 

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