El legislador provincial del Frente Renovador fue ayudante de cátedra en la UBA del juez de la Corte Suprema. En diálogo con Eduardo Román criticó el anteproyecto de reforma al código penal y analizó el perfil ideológico y jurídico del magistrado. Audio.
El martes por la mañana, en durante la transmisión de LaNoticiaWeb Radio en San Isidro, Eduardo Román dialogó sobre la reforma del código penal con el legislador provincial Ramiro Gutiérrez, abogado que supo ser ayudante de Cátedra del Eugenio Zaffaroni en la UBA.
Queremos conocer su opinión respecto al debate del código penal.
Esto es un proyecto que el gobierno nacional a partir de un decreto de la presidenta de la nación, que lleva por número 6, 7 y 8, encargó a una comisión integrada por legisladores nacionales y por un miembro de la Corte Suprema. Les dio 180 días corridos para que pudieran presentar este proyecto. El proyecto, que así surge del enunciado y del articulado del decreto, fue presentado, se le entregó en mano en diciembre del año pasado. Fue un acto público, fotografiado, la presidenta lo recibió de mano del Juez Zaffaroni y de la comisión integrada por legisladores del Pro, FPV, UCR y del socialismo, un texto, que pretende una modificación integral de la justicia penal de la Argentina. La presidenta cuando inauguró las sesiones ordinarias de la cámara baja señaló que este proyecto que se intenta reformar va a ser política legislativa de este año. Frente a eso, Sergio Massa que ya había comisionado un equipo de profesionales y de legisladores que estuvimos estudiando en profundidad este tema, decidió intermediar, ponerse en medio de la sociedad y el código, explicándoles a todos los vecinos la gravedad que tiene este proyecto, que pretenden que sea una ley que se implemente desde Ushuaia a la Quiaca. Este código, para que todos lo sepan, baja la pena en 146 delitos. En todos estos, están comprendidos delitos gravísimos como el homicidio agravado, matar un conyuge un ascendiente o descendiente, el sicario que está incluido dentro de los homicidios calificados. Se baja la pena a la corrupción de menores. Cuando una persona toma un menor de 10 años y lo involucra en prácticas que lo corrompen sexualmente, o la trata, es decir, ponerlo en el mercado de compra y venta de personas, se baja la pena. Al igual que el robo con armas, queda con un mínimo de 3 años. El robo con armas que hoy es un delito que en sus figuras de entradora, salidera y atraco es de los más comunes y que más daño social producen. Son delitos interpersonales muy violentos. El tráfico de estupefacientes, se le pone una pena mínima de tres años. Estamos hablando del delito que todos los países del mundo adoptan conductas extremadamente duras para prevenir por una necesidad geopolítica de defensa de su territorio y su sociedad, penal altísimas. Y nosotros estamos poniendo una alfombra legislativa de cobertura al narcotráfico. Se reduce también la pena del comercio, del que vende droga, se reduce la pena del tenedor simple, Si yo tengo un kilo de droga en mi casa me bajan la pena.
Uno de los autores de este proyecto es Zaffaroni. Vos fuiste ayudante de cátedra de él en la UBA, es decir que lo conoces. Nosotros somos de una generación que hemos crecido admirando los planteos que hacía ¿Qué es lo que pudo pasar para que ahora en el espíritu de esta reforma aparezcan situaciones donde se reducen penas y se eliminan reincidencias?
Yo estudie en la UBA como muchos abogados actuales, fui parte de la cátedra del Dr. Ricardo Cavallero, que era adjunto de Zaffaroni y fui ayudante de cátedra. Estudié con los libros del Dr. Zaffaroni, que es uno de los mejores juristas, en la parte general, del derecho penal. No en la parte especial que es la que fija las penas. Zaffaroni en el año 80, que tenía su obra, era un tratado de parte especial de cinco tomos, era un Zaffaroni que planteaba una fórmula para que todos los jueces estandarizaran un método para poder resolver los casos que llegaban a su conocimiento. En 2001 empezó a escribir un nuevo tratado y ahí ya manifiesta una posición criminológica, no tanto de derecho penal. Es decir que su idea central es la siguiente: para saber qué clase de derecho penal tenemos, sólo hay que saber qué pensamos de la pena. Y Zaffaroni es un agnóstico. Él no cree que la pena privativa de la libertad tenga una función útil.
Este parece ser el espíritu que hoy día esta moviendo esta situación.
Así es. Porque la pena privativa de la libertad aparece hoy residual en el código nuevo, mezclada con otras penas, donde incluso el arresto domiciliario es una pena. Hoy es una medida excepcional para una persona que puede tener una enfermedad terminal. Pero el domicilio es el lugar donde te criaste vos, donde me crié yo, el domicilio es una residencia, el hogar de la familia. No es una cárcel. Hoy la Argentina tiene a 62 mil personas bajo el régimen de privación de la libertad. Seis de cada diez personas detenidas son reincidentes. ¿Y nosotros vamos a eliminar la reincidencia? ¿Da lo mismo que una persona cometa un delito que cometa treinta? Que sea un habitual. Que se lo encuentre todos los días en la calle con un arma en la mano tratando robar. A mí me parece que tiene que tener un reproche mayor. Se elimina la peligrosidad del código y ese es un mensaje muy difícil de entender por la sociedad. Muy difícil de entender para los jueces, que cuando se encontraban con personas que tenían que juzgar, y se daban cuenta que era peligroso, tenía la posibilidad de incrementar su sanción y poder cumplir respondiendo a la gravedad del hecho que la persona había cometido. Acá se establece una ley llena de atenuantes que parte de una concepción filosófica en la cual la pena no sirve. ¿Si no sirve qué hacemos?
Es evidente que ustedes han tomado la iniciativa en esta situación planteándole a la sociedad la postura que tienen y que ha tenido repercusiones porque todo el espectro político ha tenido que reflexionar en este sentido y esto motivo que hoy el jefe de gabinete Capitanich asegurara que el anteproyecto “está siendo analizado en diversas áreas de la Casa Rosada” y la propia Juliana Di Tullio admitió que podría “aplazarse” esta discusión en el Congreso.
Es que no se puede justificar el código. Quién puede justificar que un perverso que está sentado en una plaza es un tipo común que está mirando como juegan los chicos en una plaza. Esta mirando como puede captar ese niño para ver como puede meterlo en el sistema de trata. O para corromperlo ¿y nosotros le bajamos la pena? Quién puede fundamentar eso. Si vamos a ingresar en un debate, no lo vamos a hacer en bloque ni a libro cerrado, sino que vamos a discutir pero delito por delito. Que nos explique cualquiera porque a la violación seguida de muerte, por ejemplo, hay que bajarle la pena ¿Cuál es el fundamento?
