A principios de abril, la Cámara alta dio el visto bueno al pliego de la ahora representante diplomática. Su nombramiento fue publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, al igual que el del nuevo representante ante la OMC
El Gobierno formalizó la designación de la ex senadora neuquina Lucila Crexell como embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Argentina en Canadá, a partir de la aprobación del plácet de estilo correspondiente para la funcionaria.
El avance, a su vez, se debió al acuerdo obtenido en un debate en el Senado que tuvo lugar los primeros días del mes, en donde también se aprobaron ascensos de tres jefes militares. La publicación se hizo hoy en Boletín Oficial, bajo el decreto 304/2026.
Durante el plenario de la Cámara alta del 9 de abril, en el que se debatió la designación de Crexell, algunos de los diputados opositores la acusaron de haber recibido el cargo en compensación por acompañar La Ley Bases.
Los reclamos hacia la funcionaria surgieron a partir de un supuesto cambio de parecer ante el debate de la ley Bases de 2024. La resistencia del kirchnerismo con Crexell viene de otras épocas, ya que la ex senadora estuvo 12 años en la Cámara alta y, a diferencia del cristinismo, incomodó a diferentes gobiernos. De hecho, una de las opiniones más formadas sobre el trámite de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y los vicios de las diferentes administraciones fue estudiado al detalle por Crexell, quien se opuso a la norma 70/23 y meses después ocurrió lo de la ley Bases.
La Fiscalía que intervino ante la denuncia contra la ahora embajadora, y que finalmente terminó desestimando, indicó: “Más allá de las especulaciones que puedan generarse, no es posible establecer la relación causal entre su propuesta de designación y la decisión de su voto, pues tampoco es posible esclarecer la motivación última que habría impulsado a la senadora para finalmente definir su voto en el sentido que lo hizo”.
“El comportamiento de los funcionarios públicos que realizan negociaciones en miras a lograr la sanción de un paquete de leyes enviado al Congreso” tampoco “puede catalogarse como un quehacer ilícito, si a la par no se comprueba que tengan lugar otros actos concretos que complementen esa actividad dentro de los parámetros de los tipos penales referidos”, razones por las cuales, se interpretó que “no se advierte que se esté ante el delito de cohecho denunciado como así tampoco se considera que las conductas traídas a conocimiento constituyan comportamientos tipificadores de delito alguno previsto en el código de fondo”, argumentaron. Por estos motivos, el juzgado Criminal y Correccional Federal 6 rechazó la acusación.
