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Los 11 puntos del acuerdo fiscal del Gobierno nacional con los gobernadores
Nacional

Nicolás Dujovne destacó el compromiso para reducir progresivamente las alícuotas de Ingresos Brutos y Sellos. El acento está puesto en el aumento de la competitividad y de la eficiencia de los Estados.

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16 noviembre, 2017 0

Fuentes del Ministerio de Hacienda resaltaron que las provincias se comprometieron en el marco del Pacto Fiscal a unificar las alícuotas máximas de Ingresos Brutos y reducirlas gradualmente para que, al cabo de unos años, muchas actividades, principalmente las que exportan, queden exentas.

"Esto viene a complementar el esfuerzo que estamos haciendo en la reforma tributaria nacional, que se empalma con la provincial", dijo Nicolas Dujovne tras el acuerdo junto a tres gobernadores.

Compromisos principales:

1- Impuestos distorsivos: las provincias bajarán Ingresos Brutos y Sellos, en forma gradual en un período de 5 años; significará un recorte equivalente a 1,5% del PBI.

2- Ley de Responsabilidad Fiscal: aprobarán y adherirán a la propuesta de mantener su gasto constante en términos reales durante los próximos años.

3- Acuerdo por el Fondo del Conurbano: establecer una compensación de $21.000 millones a la provincia de Buenos Aires en 2018; $44.000 millones adicionales en 2019. Se eliminarán los subsidios diferenciales para el AMBA en materia energética para 2019 y el transporte dos años después.

4- Impuesto a las Ganancias: derogación del artículo 104 de la ley que redistribuye el 20% a la Anses, y asignaciones específicas a provincias y suma fija a Buenos Aires de $650 millones. El 14% de lo percibido, incisos "b" y "d" se destinará a obras públicas y programas sociales administrados por las provincias.

5- Juicios: todas las provincias (menos San Luis) acordaron desistir de las demandas contra el gobierno nacional ($340.000 millones del conjunto de las provincias y $400.000 millones de Buenos Aires por desactualización del Fondo del Conurbano Bonaerense. Existen más de 50 procesos vinculados con el régimen de coparticipación, asignaciones específicas y transferencias de competencias, servicios y funciones. Además, se estableció acordar antes del próximo 31 de marzo el monto y la forma de pago de los juicios con sentencia firme de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, anteriores a este acuerdo, y con las jurisdicciones firmantes.

6- Ley de revalúo impositivo: se coparticipará con las 24 jurisdicciones.

7- Impuesto al cheque: se prorrogará con una asignación específica del 100% de la recaudación a la Anses, hasta que se sancione una nueva Ley de Coparticipación de Impuestos o hasta el 31 de diciembre de 2020, lo que ocurra antes.

8- Régimen previsional:
a. tratar un proyecto de ley nacional para que los haberes jubilatorios se actualicen trimestralmente y por inflación.
b. garantizar que las jubilaciones sean de al menos el 82% del salario mínimo vital y móvil, para aquellas personas que hayan cumplido los 30 años de servicio con aportes efectivos.
c. eliminar las jubilaciones de privilegio.
d. financiar con líneas de crédito especiales programas de retiro y/o jubilación anticipada para empleados públicos provinciales y municipales.

9- Cajas previsionales no transferidas: el gobierno nacional se comprometió a financiar los déficit, a través de un régimen de anticipos automáticos, sobre la base de los desequilibrios del año anterior, actualizable trimestralmente por inflación.

10- Ley de responsabilidad fiscal para municipios: las provincias se comprometieron a trabajar para aplicar un nuevo esquema de reparto secundario de los impuestos nacionales; y establecer límites de gasto y endeudamiento similar al nacional; y promover la adecuación de las tasas municipales de manera que "se correspondan con la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio y sus importes guarden una razonable proporcionalidad con el costo".

11- Impuesto inmobiliario: las provincias acordaron que las valuaciones fiscales de los inmuebles converjan con el tiempo a las de mercado, en un rango de entre 0,5% y 2% anual del valor fiscal, previa coordinación de los métodos de cálculo.
 

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Cuarta Sección

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