Roberto Martignano estaba acusado por encubrimiento y Eliana Farías, por falso testimonio; la periodista murió el 6 de febrero de 2018 durante una endoscopía.
El Tribunal Oral Criminal y Correccional 26 absolvió este mediodía al exdirector del Sanatorio de la Trinidad, Roberto Martingano, y a la instrumentista Eliana Frías en el segundo juicio por la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin.
El médico y ex director del sanatorio estaba acusado de encubrir la muerte de Pérez Volpin, ocurrida en febrero de 2018. En tanto, se investigaba si Frías había cometido el delito de falso testimonio. En las audiencias anteriores, la fiscalía y la querella habían solicitado tres años de prisión para Martingano y tres años de inhabilitación para la instrumentista, mientras que la defensa había reclamado la absolución.
El asombro por la decisión judicial de este miércoles primó en la familia de la víctima. “Fue una sorpresa absoluta, no conocemos los fundamentos, se van a tener que forzar bastante en torcer la realidad probatoria para fundar una sentencia como la que habrán escrito”, aseveró el abogado que representa a los allegados a la periodista, Diego Pirota, en TN. “Lógicamente al fallo lo vamos a recurrir”, adelantó.
Dijo también que el material probatorio mostraba que el director médico de La Trinidad había firmado las actas de aquel momento en que se hizo la endoscopía que terminó con la vida de Pérez Volpin, como así también que la instrumentadora dijo “no sé” en 90 oportunidades durante el proceso, mientras que -según lo que asegura la familia- “se comprobó que estaba mintiendo”.
Disgustado por el fallo, Pirota indicó: “Hoy se perdió una oportunidad muy grande de hacer justicia y de ocuparse de las víctimas”.
Por su parte, del otro lado, el letrado que representaba a los profesionales médicos, Vadim Mischanchuk, alegó que se logró la absolución de sus defendidos por la prueba que se produjo durante el debate. “Llegamos al juicio con una acusación que no se pudo comprobar. Fue el mismo director el que pidió la autopsia esa misma noche. Hablar de encubrimiento era un sin sentido y esa misma acusación que nos trajo a juicio fue la que comprobó que las conductas que le atribuían a Roberto eran llevadas a cabo por terceras personas y además tampoco eran conductas del delito de encubrimiento”, señaló.
Además, Mischanchuk indicó estar “muy conforme” con el resultado. “Se supo la verdad, quedó claro que no implicaba un encubrimiento. No se probó que se haya cambiado la procesadora y que la supuesta falta de hojas haya sido una maniobra para entorpecer a la Justicia”, remarcó.
