Aunque el Gobierno presentó la ley como una herramienta para dar previsibilidad y atraer divisas no declaradas, especialistas tributarios advirtieron sobre vacíos normativos, riesgos impositivos y límites que la alejaron de un blanqueo clásico.
Con la sanción de la ley de Inocencia Fiscal, el Gobierno apostó a reducir la incertidumbre en torno a la exteriorización de activos, en especial divisas no declaradas. La iniciativa se inscribió en la estrategia económica que encabezó Luis Caputo y buscó repetir el resultado que obtuvo el blanqueo del año pasado.
Desde el oficialismo explicaron que el esquema procuró ofrecer reglas claras y limitar interpretaciones futuras. El proyecto se integró al Plan de Reparación Histórica de los ahorros de los argentinos, con el objetivo de incentivar el reingreso de capitales al circuito formal y ampliar la base tributaria. Según datos del INDEC, al tercer trimestre de 2025 existían unos u$s253.919 millones fuera del sistema financiero, con un aumento de u$s4.175 millones frente al trimestre previo.
En ese marco, Caputo detalló el sábado el mecanismo para ingresar los ahorros no declarados. “Si en sus bancos les piden cosas de más (léase, romper las p**), no pierdan su tiempo. Pueden ir al Banco Nación, donde su presidente dará la instrucción de cumplir estrictamente con la ley, esto es que la persona sólo tenga que mostrar que se ha adherido al régimen de ganancia simplificado“, afirmó. Luego agregó: “Depositan sus dólares en el banco y pueden disponer de los mismos inmediatamente, para realizar el consumo que quieran o para ahorrar ganando un interés, como en cualquier lugar del mundo”.
El Banco Nación reforzó ese mensaje en redes sociales. El domingo publicó: “A partir de mañana, te esperamos en todas nuestras sucursales para atender y recibir tus ahorros con la seguridad y respaldo del Banco Nación Argentina (BNA), en el marco de la nueva ley de Inocencia Fiscal”. Sin embargo, la entidad borró el mensaje al día siguiente, lo que alimentó interrogantes sobre el alcance real del régimen.
Las principales advertencias surgieron desde el ámbito tributario. Especialistas pusieron el foco en la falta de reglamentación y en los riesgos fiscales que aún subsistieron. Santiago Saenz Valiente, socio fundador de la consultora SVyA, expresó reparos concretos: “Hacer un depósito en un banco de moneda extranjera presumiendo que está cubierto por esta normativa de inocencia fiscal, yo no lo haría por el momento hasta que no esté reglamentado”. Luego añadió una distinción clave: “Una cosa es que no te hagan una imputación de orden penal tributaria y otra cosa es que no se vaya a determinar un impuesto posible por esos fondos. No es un blanqueo esto”.
Desde el Ministerio de Economía rechazaron esas críticas y afirmaron que la ley no vulneró ninguna cláusula del sistema tributario vigente. No obstante, el propio texto de la norma introdujo restricciones que marcaron diferencias con los blanqueos anteriores.
La ley habilitó la adhesión al Impuesto a las Ganancias Simplificado bajo condiciones precisas. El contribuyente debió acreditar ingresos totales de hasta $1.000 millones, un patrimonio total que no superó los $10.000 millones y la ausencia de la calificación como gran contribuyente nacional por parte de ARCA. El incumplimiento de cualquiera de esos requisitos implicó la exclusión automática del régimen.
Además, si ARCA detectó con posterioridad que el contribuyente no reunía las condiciones exigidas, el organismo quedó habilitado a excluirlo, determinar de oficio la materia imponible y aplicar sanciones. Ese punto concentró buena parte de las dudas, ya que introdujo un margen de riesgo que no existió en esquemas anteriores y reforzó la percepción de que la ley no funcionó como un blanqueo pleno.
Así, mientras el Gobierno defendió la iniciativa como una señal de previsibilidad, el debate se centró en sus límites y en la falta de certezas operativas. En ese contraste se asentaron las dudas que rodearon a la ley de Inocencia Fiscal desde su puesta en marcha.
