El oficialismo logró la media sanción de una reforma que redefinió el régimen penal tributario, acotó la fiscalización y creó una declaración simplificada de Ganancias. El texto no incluyó un blanqueo ni cambios estructurales en el impuesto.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que incorporó el principio de “inocencia fiscal” al sistema tributario. La iniciativa del Poder Ejecutivo avanzó en paralelo al Presupuesto 2026 y propuso un cambio de lógica en el control impositivo. El texto partió de una premisa central: el contribuyente se consideró cumplidor salvo prueba concreta en contrario.
Aunque el debate público asoció la propuesta con los llamados “dólares del colchón”, la ley no creó un régimen de exteriorización ni alteró el Impuesto a las Ganancias. El alcance fue más amplio. La norma buscó reducir cargas administrativas, simplificar trámites y concentrar la fiscalización en casos relevantes.
El Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana sostuvo que el proyecto “buscó recuperar la confianza ciudadana en el sistema tributario, simplificar procedimientos y reducir cargas administrativas”, con énfasis en el pago voluntario y en controles selectivos.
Uno de los núcleos de la reforma fue el Régimen Penal Tributario. El texto actualizó los montos mínimos que transformaron una infracción administrativa en delito penal. Los valores vigentes desde 2017 se ajustaron por inflación. Además, la ley mantuvo la posibilidad de evitar la denuncia penal si el contribuyente canceló la deuda y los intereses antes de la presentación judicial. Ese beneficio operó una sola vez por persona humana o jurídica.
La iniciativa estableció que no correspondió denuncia penal cuando no existió dolo comprobable. La exclusión alcanzó a casos con criterios interpretativos fundados o con declaraciones juradas presentadas antes de una fiscalización formal. En sentido opuesto, la norma descartó la conciliación o la reparación integral del daño para cerrar causas penales una vez iniciadas.
Otro punto clave fue la extinción de la acción penal si prescribieron las facultades del fisco para determinar o exigir el tributo. Si el Estado perdió la vía administrativa, también perdió la penal. La ley fijó penas de dos a seis años de prisión para maniobras que simularon cancelaciones tributarias mediante registros falsos o declaraciones engañosas, con umbrales definidos en salarios mínimos.
El proyecto dispuso la actualización anual de montos por UVA desde enero de 2027 y ordenó al organismo recaudador publicar cada año los valores vigentes. En materia procedimental, la reforma redujo el plazo de prescripción de cinco a tres años para contribuyentes cumplidores sin discrepancias relevantes. Para no inscriptos, el plazo siguió en diez años. También eliminó la suspensión automática de la prescripción por el inicio de una determinación de oficio, lo que obligó a la administración a actuar en plazos más estrictos.
La norma incorporó un esquema de reducción de multas administrativas para personas humanas y pymes, con rebajas de hasta el 90%, salvo en el caso de grandes contribuyentes. Además, propuso armonizar los plazos de prescripción provinciales y municipales con los nacionales.
En Ganancias, el texto creó una declaración jurada simplificada y opcional para personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones. En ese régimen, la administración confeccionó la declaración con información disponible. Quienes pagaron en término quedaron liberados de obligaciones formales adicionales, salvo errores graves.
Un punto central del esquema fue la limitación de presunciones automáticas. El Ieral advirtió que el fisco “no podrá tomar indicios de riqueza como prueba automática de evasión, sino que deberá basarse en pruebas concretas y directas”. Ese cambio redujo el uso de incrementos patrimoniales o gastos no justificados como disparadores inmediatos de inspecciones.
Sobre los ahorros fuera del sistema, el impacto fue indirecto. El informe aclaró que “no se desprende que se incluya un régimen de blanqueo de bienes”. La administración conservó la potestad de fiscalizar cuando detectó inconsistencias relevantes.
El estudio también alertó sobre la capacidad del organismo recaudador. Señaló que en 2024 la mayor parte del presupuesto se destinó a salarios y gastos operativos, con baja inversión tecnológica. “El desafío es migrar hacia un organismo moderno, concentrado en la tecnología y en el uso estratégico de la información”, afirmó el informe, y advirtió que sin ese cambio la evasión podría persistir.
Con esta media sanción, el Gobierno impulsó una reforma que redefinió las reglas de control, sanción y fiscalización. El debate ahora pasó al Senado, donde se evaluó el alcance real de un modelo que apostó a la confianza y a la selectividad como ejes del sistema tributario.
