Fue a través del decreto 617/2024. Comenzará a funcionar dentro del plazo de 30 días y sesionará mensualmente.
El Gobierno oficializó este miércoles la conformación del Consejo de Mayo y detalló cuales serán funciones y facultades.
Lo hizo mediante la publicación del decreto 617/2024 en el Boletín Oficial donde explica que el órgano estará conformado por un presidente y distintos consejeros representantes de sectores provinciales, legislativo, sindical y empresarial. Comenzará a funcionar dentro del plazo de 30 días y sesionará mensualmente.
El Consejo de Mayo funcionará en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros quien será el encargado de «asistir con los recursos humanos y presupuestarios necesarios para el cumplimiento de sus cometidos», explica.
Tendrá las siguientes funciones:
Asesorar al Ejecutivo nacional en la articulación e implementación de políticas y medidas para cumplir con los lineamientos del Pacto de Mayo.
Elaborar los proyectos normativos necesarios para implementar lo estipulado en el acuerdo firmado
realizar estudios, desarrollar planes y formular propuestas relacionadas con la implementación y cumplimiento del pacto.
Elaborar y mantener actualizada una agenda de trabajo dentro de su competencia para la implementación de los puntos del convenio.
Para el cumplimiento de mencionadas funciones, se le asignaron las siguientes facultades:
Solicitar los informes y la asistencia que considere necesaria a las distintas jurisdicciones y organismos del Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Promover estudios, debates públicos u otros mecanismos de participación y consulta para conocer la opinión de la población sobre respectivos temas.
Convocar a los sectores que se encuentren comprendidos en las cuestiones que sean sometidas a consideración.
Fuente: C5N.
