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El Gobierno dispuso un protocolo anticorrupción para las empresas contratistas del Estado
Nacional

Es una guía para “prevenir, detectar y remediar hechos de corrupción”, y evitar que se replique la situación de las empresas investigadas en la causa de los “cuadernos de las coimas K”.

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4 octubre, 2018

Si el impacto de la investigación sobre el rol de los empresarios contratistas del Estado, en el marco de la causa conocida como “cuadernos de las coimas K“, fue uno de los factores que afectó la política económica del Gobierno, el presidente Mauricio Macri busca que -de ahora en adelante- esta situación no se repita.

Por eso ordenó a la titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, la redacción de un protocolo con las exigencias y lineamientos que las empresas deberán tener en cuenta si quieren ser contratadas por el Estado, para que puedan cumplir con la ley de Responsabilidad Penal.

Así, la Resolución 27/2018, publicada hoy en el Boletín Oficial, hace referencia a una “guía técnica” para empresas, organizaciones de la sociedad civil, otras personas jurídicas, agencias estatales, operadores del sistema de justicia, a fin de que “cuenten con herramientas de interpretación que permitan ajustar su estructura y sus procesos a efectos de prevenir, detectar y remediar hechos de corrupción”.

En los argumentos de la resolución se cita una normativa establecida en la Convención Interamericana contra la Corrupción, que hace referencia a la necesidad de implementar “medidas que impidan el soborno de funcionarios públicos nacionales y extranjeros, tales como mecanismos para asegurar que las sociedades mercantiles y otros tipos de asociaciones mantengan registros que reflejen con exactitud y razonable detalle la adquisición y enajenación de activos, y que establezcan suficientes controles contables internos que permitan a su personal detectar actos de corrupción”.

El objetivo principal de la ley de Responsabilidad Penal  de las Personas Jurídicas es dotar de mayor eficacia a las políticas de prevención y lucha contra la corrupción a través de la generación de incentivos para que las personas jurídicas prevengan la comisión de delitos contra la Administración Pública por medio de la implementación de programas de integridad.

Es decir, la norma establece penas que van desde multas hasta la quita de la actividad por un plazo máximo de diez años y la suspensión de participar en las licitaciones convocadas con el Estado Nacional a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.

Además, establece que se podrá realizar una investigación por los delitos de cohecho (pago de coimas), tráfico de influencias nacional o transnacional, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.

Entre otros puntos, esta “guía técnica” publicada hoy en el Boletín Oficial establece como regla general “la prohibición de hacer regalos a funcionarios públicos con fines de influir en la voluntad o generar condiciones de trato de favor o beneficio para la persona jurídica“.

También, insta a las empresas a la confección de un Código de Ética, donde queden expresados los valores de la organización; se fijen pautas éticas que guíen el obrar de todos los integrantes, prohibiciones claras y expresas de los comportamientos indebidos y sanciones en caso de incumplimiento.

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