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LA CONDENA QUE LLEGÓ DOCE AÑOS DESPUÉS
San Martín

El policía que mató al músico Javier Rojas Pérez en 1995 fue condenado por homicidio simple. Hace diez años, le habían dado tres años por homicidio culposo, pero Casación pidió un nuevo fallo.

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31 mayo, 2007

Javier Rojas Pérez, músico de rock y vecino de San Martín, fue víctima del gatillo fácil del policía Diego Centurión el 23 de julio de 1995. El joven había sido fusilado durante un procedimiento en una pizzería de Wilde, pero el autor del disparo había sido condenado a sólo tres años de prisión en suspenso. En el primer juicio de hace diez años, los jueces consideraron que el disparo fue accidental y calificaron el hecho de “Homicidio Culposo”.

La lucha de los familiares de Javier, su madre y su hermana Gabriela, bibliotecaria del Conservatorio de Música de San Martín; logró que la Cámara de Casación revirtiera ese primer fallo y le ordenara a la Cámara juzgadora dictar una nueva sentencia, esta vez por homicidio simple.

De esta manera, el jueves 14 de junio la Sala III de la Cámara Penal –con una composición distinta a la que dictó el primer veredicto– condenó al policía Diego Centurión a 8 años y 6 meses de prisión. Como estuvo dos años preso antes del primer juicio, Centurión deberá volver a la cárcel pero sólo cuando quede firme la sentencia.

En comunicación telefónica con Eduardo Román en la 104.7, Gabriela Pérez Rojas, hermana de la víctima, explicó que “el asesinato de Javier ocurrió el 23 de julio de 1995, cuando tenía 23 años. Esa noche, una patrulla de la Comisaría 6ª de Lanús intentaba dar con la patota responsable del crimen de un menor. Llegaron a la pizzería Cadorna, de Wilde, donde Javier comía con unos amigos. Centurión lo agarró de los pelos y lo sacó hasta la calle y, sin que opusiera resistencia alguna, disparó su arma, que apuntaba a la cabeza”.

En el juicio que se llevó a cabo dos años después, el fiscal Eduardo Tubio pidió 15 años de prisión para el policía por homicidio simple con dolo eventual: tuvo en cuenta que llevaba su arma amartillada, apuntando a la cabeza de una persona desarmada. Pero el tribunal, integrado por los jueces Héctor Decastelli, Jorge Tristán Rodríguez y Antonio Cilio, lo condenaron a tres años por homicidio culposo. Ese mismo día quedó en libertad después de haber pasado dos años en prisión.

El fallo fue apelado por el fiscal y ocho años más tarde –en julio de 2005- el Tribunal de Casación le dio la razón: determinó que Centurión tenía “conciencia del peligro concreto de que alguien muera” y concluyó, por mayoría, que el disparo se produjo “no en virtud de un obrar descuidado, sino por arriesgarse a encañonar a una persona con el arma cargada y en condiciones de disparo”. Por eso, sostuvo que correspondía condenar por “homicidio simple” y remitió la causa a la Sala III de la Cámara de Lomas de Zamora para que establezca el monto de la pena.

Eso fue lo que hizo el tribunal, ahora con otra composición porque dos de sus integrantes originales (Decastelli y Rodríguez) tuvieron que excusarse y el tercero ya no integra esa Cámara.

En definitiva, los jueces Carlos Zamarreño, Marcelo Soukop y Joaquín Díaz Ferrer fijaron la pena para Centurión en ocho años y seis meses de prisión (la mínima para ese delito es de 8 años y la máxima, de 25). Como el policía seguramente apelará, la sentencia no está firme, por lo que puede seguir en libertad.

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