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La CGT llevó la reforma laboral a la Justicia y cuestionó varios artículos por inconstitucionales
Politica

La central obrera inició una acción en el fuero laboral para impugnar aspectos de la Ley de Modernización Laboral. Otros sindicatos avanzaron con demandas similares mientras crecen los planteos judiciales contra la normativa impulsada por el Gobierno.

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16 marzo, 2026

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó una demanda en la Justicia laboral contra distintos puntos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. La central sindical afirmó que varios artículos de la normativa “vulneran derechos individuales y colectivos”, según indicaron fuentes gremiales.

El expediente quedó radicado en el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, bajo la órbita del juez Raúl Ojeda. La central no pidió la invalidez completa de la ley. El planteo se concentró en artículos específicos que, según el sindicalismo, afectan derechos laborales.

La presentación se sumó a otras acciones judiciales que distintos gremios y organizaciones sindicales impulsaron en las últimas semanas. El frente judicial contra la reforma laboral comenzó a ampliarse y podría sumar nuevas demandas en distintos tribunales del país.

El planteo de la CGT ante la Justicia laboral

La decisión de la CGT llegó después de otro intento judicial que no prosperó. La central obrera había presentado un amparo en el fuero Contencioso Administrativo Federal para frenar el traslado de la Justicia laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.

El juez Enrique Lavié Pico rechazó la medida cautelar que buscaba suspender de inmediato ese proceso. Sin embargo, el magistrado abrió el debate sobre el fondo del asunto y dio traslado al Estado para que responda la demanda en un plazo de cinco días.

En ese expediente, la CGT pidió que “se declare la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91” de la reforma laboral. También solicitó la invalidez del convenio que establece el traspaso de competencias desde la Justicia Nacional del Trabajo hacia la jurisdicción porteña.

El artículo 90 introdujo una modificación sensible en el funcionamiento del fuero laboral. Establece que un juez podría enfrentar acusaciones por mal desempeño si se aparta de los precedentes fijados por la Corte Suprema. En el ámbito judicial, esa cláusula generó fuertes críticas. Varios especialistas sostuvieron que el sistema jurídico argentino no obliga a los magistrados a seguir de forma automática la jurisprudencia del máximo tribunal.

El artículo 91, en tanto, fijó la “vigencia transitoria de la Justicia Nacional del Trabajo” hasta completar su traslado a la Ciudad de Buenos Aires. El texto también menciona la futura “progresiva disolución” del fuero nacional.

Otros gremios también acudieron a los tribunales

El frente sindical amplió su ofensiva judicial. El sindicato de la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) presentó un amparo propio en el fuero laboral. La organización solicitó la invalidez de toda la ley.

El escrito afirmó que el objetivo de la demanda consiste en que “se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley de Modernización Laboral Nº 27.802”, además de varios artículos de la normativa.

El gremio sostuvo que la reforma viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. También mencionó convenios de la Organización Internacional del Trabajo y tratados internacionales vinculados a los derechos laborales.

En el documento judicial se reclamó que “con carácter de URGENTE se dicte una MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA, que ordene la suspensión de la aplicación de la ley en la partes que se señalan en el presente”.

La presentación también cuestionó los efectos de la reforma sobre la organización sindical. El texto afirmó que la ley “deroga derechos individuales y colectivos de manera inconstitucional, como la afectación al derecho de huelga” y además “restringe las medidas de acción directa”.

El sindicato advirtió que la normativa impacta en las negociaciones colectivas. Según el documento, la reforma “afecta la negociación colectiva para cercenar el derecho de representación colectiva” y habilita esquemas de negociación por empresa o incluso acuerdos individuales entre trabajadores y empleadores.

A este frente judicial se sumó la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, encabezada por Julio Piumato. El sindicato presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad con el objetivo de frenar el traslado de la Justicia laboral a la Ciudad.

Otros gremios también preparan presentaciones similares. Entre ellos aparecen el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos, la Federación de Trabajadores de la Industria Argentina y el Sindicato de Prensa de Buenos Aires. Las dos CTA trabajan además en una demanda colectiva.

El primer fallo contra la reforma laboral

El escenario judicial sumó un antecedente relevante en Córdoba. El juez Ricardo Giletta declaró inconstitucional el artículo 55 de la reforma laboral en una causa vinculada a un reclamo indemnizatorio.

El fallo surgió en el expediente iniciado por el trabajador Mario Alejandro Urbano contra la empresa “A. Giacomelli SA”. La sentencia solo rige para ese caso puntual, aunque varios especialistas señalaron que podría funcionar como referencia para litigios similares.

La discusión gira alrededor del cálculo de las indemnizaciones. El artículo cuestionado fija criterios distintos para los juicios iniciados antes y después de la sanción de la reforma.

El magistrado concluyó que “tal diferenciación resulta inconstitucional”. Su decisión apuntó a la desigualdad que la norma genera entre trabajadores que se encuentran en situaciones procesales distintas.

El ex camarista laboral Luis Raffaghelli analizó el impacto del fallo. Señaló que la norma crea diferencias entre trabajadores que litigan y aquellos que no lo hacen. En ese sentido, sostuvo: “Resolvió la inconstitucionalidad del artículo 55 porque discrimina a los trabajadores que hacen juicio respecto de los que no, violando el artículo 16 de la Constitución Nacional de igualdad ante la ley”.

Raffaghelli también criticó el diseño general de la reforma. Según su análisis, “Es perverso lo que establece la reforma porque si se está frente a un trabajador que consulta a un abogado se le tendrá que aclarar el riesgo que corre al iniciar el juicio, además de todas las pérdidas que le provoca la nueva ley 27.802”.

El fallo de Córdoba no se aplicó a otros casos. Sin embargo, dejó en evidencia el nivel de conflicto jurídico que generó la reforma. La disputa judicial recién comenzó y todo indica que el debate se extenderá durante años en distintos tribunales del país.

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