Luego de un nuevo encuentro del Comité Ejecutivo de la AFA, el ente madre del fútbol le respondió al Gobierno nacional que sigue avanzando en la posibilidad de implementar el ingreso de capitales privados a los clubes.
Este viernes se llevó a cabo una reunión del Comité Ejecutivo de la AFA, junto al de la Liga Profesional de Fútbol (LPF), para dialogar acerca de la posición de la Asociación del Fútbol Argentino frente a los cambios introducidos por la Inspección General de Justicia (IGJ) que habilitó a las Sociedades Anónimas Deportivas a partir del 1 de noviembre. Dijo que las modificaciones no «inciden de forma alguna» y que no se opone «a las SAD» sino a la obligación de cambio de «estructura jurídica».
Después de la resolución del ente que se conoció a través del Boletín Oficial, que daba cuenta que se contaba con el aval de la Inspección General de Justicia (IGJ) para una reglamentación que habilita a las asociaciones civiles a transformarse en SAD, desde la AFA salieron a aclarar esta situación: «Dichas modificaciones dictadas por el organismo no obligan ni inciden en forma alguna en el estatuto social de la AFA, continuando siendo un requisito indispensable para ser miembro, ser una Asociación Civil sin fines de lucro, tal como lo decidieron libremente las entidades».
En este sentido, agregaron: «AFA ni sus entidades miembros se encuentran en oposición a las llamadas SAD y/o a que cada asociación civil pueda decidir libremente la estructura jurídica a adoptar; ahora bien, a lo que sí se opone, puesto que es palmariamente inconstitucional, es que se quiera obligar a cualquier ente privado a asociar a entidades con diferente estructura jurídica a la de sus actuales miembros en clara oposición a sus estatutos conforme establecieron sus socios”.
Para finalizar, se completa diciendo: «Al efecto, la justicia federal ha dado principio de razón en este exclusivo punto. A modo gráfico de ejemplo, es como si a los accionistas de una sociedad comercial (ente privado) se los quiera obligar por medio de un decreto del poder ejecutivo a asociar a otros accionistas por intereses particulares del gobierno de turno».
Más adelante, el comunicado recuerda: «En este sentido, cabe recordar que el Juzgado Federal de Mercedes, el pasado 30 de enero de 2024 (resolución confirmada luego por la Cámara Federal de San Martín número I el pasado 4 de abril de 2024), dispuso la suspensión de los artículos 335° y 345° del DNU 70/2023, los cuales establecían la prohibición de impedir a una organización deportiva el derecho de afiliarse a una confederación, federación, asociación, liga o unión con fundamento en su forma jurídica, y la obligación para las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de adecuar sus estatutos a los términos del DNU 70/2023, por lo que de ninguna manera se podría obligar a la AFA a adecuar sus estatutos a los términos del DNU en este sentido y/o prohibir que no se admita a un miembro por no ser una Asociación Civil.
Después, la AFA hizo hincapié en la situación de Centro de Fomento Social y Deportivo José Hernández, al cual la Dirección de Personas Jurídicas le impidió la transformación en una SAD, pese al pedido de sus socios. Y cerró el comunicado de esta manera: «Las genéricas modificaciones introducidas por la IGJ para las asociaciones civiles radicadas exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no inciden ni modifican en absoluto los requisitos para los clubes miembros de la Asociación del Fútbol Argentino, que, conforme lo estableció su asamblea (órgano de gobierno máximo), deberán ser únicamente asociaciones civiles sin fines de lucro con personería reconocida».
