Se trata de la incorporación de los procedimientos que se deberán seguir al momento de crear un nuevo municipio. Además, se realizaron modificaciones a la Ley Electoral, para reemplazo de intendentes. Una nueva prórroga para la instalación de “saladitas”.
La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley marco que establece el procedimiento para creación de nuevos municipios. La iniciativa establece detalladamente los requisitos que deberá reunir todo proyecto de creación de nuevos municipios, contempla la creación de una Comisión Bicameral específica que considere y analice los proyectos, previamente a ser tratados por las Cámaras, y prevé la posibilidad de convocar a que la población se exprese mediante consultas populares.
Asimismo, se señala que deberá identificarse claramente la localidad o localidades que comprenderán el nuevo municipio, las características institucionales que den cuenta de los organismos públicos y de organización de la sociedad civil; resumen de los antecedentes histórico-culturales, características territoriales y petitorio de la población comprendida en el nuevo territorio.
En otro orden, la Cámara Alta, dio media sanción a un proyecto del senador Alfredo Meckievi, que modifica el artículo 123 de la ley 5109-Ley Electoral- referido a la sucesión de los jefes del ejecutivo municipal, en el caso de fallecimiento, renuncia o destitución. Esta nueva normativa unifica los criterios en referencia a la destitución por delito doloso y por falta grave, en esta última el Gobernador tenía que fijar fecha de elección y el candidato a intendente asumía sin llevar candidatos a concejales.
De esta manera, las modificaciones al artículo 123 establecen que el intendente “será reemplazado por el primer concejal de la lista a la que perteneciere y que hubiere sido electo conjuntamente con aquél”. La elección del nuevo Intendente “se llevará a cabo en la siguiente renovación del Concejo Deliberante”. En tanto, “el mandato del ciudadano elegido, para el caso de resultar electo en elecciones legislativas de medio término, se extenderá hasta la fecha en que le hubiere correspondido cesar al reemplazado”.
De acuerdo a los fundamentos expresados en la presentación del proyecto, se intenta “simplificar la Ley actual, y otorgar idéntica línea sucesoria para todos los casos de vacancia”. Asimismo, la sanción de esta ley “evitará que un Mandatario Comunal quede a merced de intereses políticos, contrarios a la voluntad popular que lo ungió en el cargo; se reafirma la autonomía municipal; se respeta la voluntad del electorado; se otorga una mejor hermenéutica legal al caso”.
También el senado aprobó la suspensión por ciento ochenta (180) días, de acuerdo a un proyecto enviado por la Cámara de Diputados con modificaciones, todos los trámites en curso iniciados, autorización o permisos, necesarios y obligatorios, para la obtención de habilitaciones que aprueben la puesta en funcionamiento de mercados y/o ferias informales, denominadas “saladitas”.
“Este proyecto aprobado no es para prohibir sino para regular”, aseguró el senador Roberto Fernández, quien explicó que, de acuerdo a lo votado en julio de 2010, la prohibición de instalación de las “saladitas” había vencido en enero de 2011 y, de acuerdo a lo previsto por la ley, el plazo podía ser prorrogado por otros ciento ochenta (180) días.
“Vamos a aprovechar todo este tiempo para redactar el proyecto definitivo, para darle una solución definitiva a esta situación, hablando con las Cámaras de Comercio, con los distintos grupos empresariales, feriantes y trabajadores”, finalizó el legislador provincial.
Finalmente, la Cámara de Senadores designó ciudadano ilustre post mortem de la provincia de Buenos Aires al doctor Floreal Ferrara, médico sanitarista, cardiólogo y especialista en medicina social, amigo y discípulo del doctor Ramón Carrillo y Ministro de Salud bonaerense, durante el gobierno de Oscar Bidegain.
