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El Gobierno creó el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por 10.000 pesos para dos categorías de monotributistas y trabajadores informales
Nacional

Es una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional para el mes de abril, destinada a compensar  las consecuencias económicas de la cuarentena dispuesta por la Emergencia Sanitaria creada por el COVID19.

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23 marzo, 2020
        De acuerdo con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el IFE se otorgará a las personas que están desempleadas, trabajen de manera informal, sean monotributistas de las categorías “A” y “B” o, también, trabajadoras o trabajadores de casas particulares quienes cobrarán esta ayuda a través de su CBU.
          Para que todas estas personas puedan acceder al IFE deben cumplir dos requisitos:
    1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, y
    2) Tener entre 18 y 65 años de edad.
        ​ Asimismo, cualquiera que reúna estas condiciones sólo podrá acceder al IFE siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:
    a) de un trabajo en relación de dependencia público o privado;
    b) de ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos;
    c) de una prestación de desempleo;
  d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
    e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.
        La IFE se abonará por única vez en el mes de abril, si bien podrá ser prorrogada en caso de ser necesario, y deberá ser solicitado ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que pondrá a disposición de todas las personas interesadas un formulario en los primeros días de abril.
        Para poder solicitar el IFE no hará falta concurrir a las oficinas o UDAI de la ANSES, ya que el aplicativo se podrá encontrar en la página Web del organismo previsional y llenar los datos que le sean requeridos a los solicitantes.
       Este beneficio, excepcional y por única vez, se otorgará tras realizar evaluaciones socio económicas y patrimoniales sobre la baje de criterios objetivos que se fijen en su reglamentación.
          Las normas aclaratorias y complementarias serán dictadas, de ser necesarias, por el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y por la propia ANSES, de acuerdo con el decreto que establece el IFE.
      La financiación del subsidio excepcional instituido hoy estará a cargo del Tesoro Nacional, por lo cual la Jefatura de Gabinete deberá prever las correspondientes adecuaciones presupuestarias para el ejercicio en curso.

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Cuarta Sección

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