Plazos para el llamado a elección, presentación de las listas y distribución de cargos.
Como ya se ha anoticiado, este 15 de Marzo habrá elecciones en el Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires, en medio de una fuerte interna entre el actual Presidente, Máximo Kirchner, y el Gobernador Axel Kicillof.
A pesar de la interna, los dos sectores son positivos en la posibilidad de lograr una buena lista de unidad para no tener que someter a la imagen del peronismo a otra disputa sin sentido apenas iniciado el año.
Si bien el kicillofismo ya anticipó que intentará imponer, ya sea por unidad o elección, a la Vicegobernadora Verónica Magario, puede aparecer un intendente o figura de consenso.
EN CASO DE UNIDAD, CÓMO ES EL PROCESO.
De acuerdo a su carta orgánica, el proceso electoral se activa con una convocatoria formal a elecciones que debe realizarse con al menos 60 días de anticipación a la fecha establecida.
A partir de la convocatoria a la elección, la Junta Electoral Partidaria es la encargada de dictar el reglamento electoral conforme a la legislación vigente y de controlar todo el desarrollo del proceso.
Si para un cargo partidario se presenta una sola lista, el proceso puede resolverse sin votación: alcanza con la proclamación pública de los candidatos.
Esa nómina debe exhibirse durante 48 horas en la página web del partido provincial, período en el cual los afiliados pueden presentar impugnaciones. La Junta Electoral dispone luego de otras 48 horas para resolverlas.
CÓMO ES EL CRONOGRAMA SI HAY MÁS DE UNA LISTA.
En caso de competencia, el acto electoral se realiza con voto directo y secreto de los afiliados incluidos en el padrón correspondiente.
La Carta Orgánica prevé distintos niveles de elección: autoridades de unidades básicas, consejos de partido distritales, el presidente del PJ bonaerense, los consejeros provinciales por sección electoral y los congresales provinciales por distrito municipal.
Así, se da la elección y la lista más votada se queda con el 75% de los cargos y la minoría con el 25%, siempre que supere el umbral del 25% de los votos válidos. Esa representación minoritaria se incorpora en los últimos lugares de cada categoría, garantizando, además, la paridad de género según la legislación nacional.
