La norma excluía de ese derecho a detenidos con armas ilegales.
Una medida cautelar de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense suspendió ayer la aplicación de la Ley 14.434 impulsada por el gobernador Daniel Scioli y aprobada en diciembre pasado por la legislatura provincial, que limitaba las excarcelaciones de personas detenidas con armas de fuego no declaradas, ilegales o de guerra.
Los magistrados estimaron que la norma sancionada, prima facie, "puede configurarse como una vulneración de derechos", además de que presupondría la concesión a la policía de incidir sobre la libertad de las personas y que iría en contra del fallo Verbitsky de la Corte Suprema de Justicia de La Nación que advirtió a la Provincia sobre el uso excesivo de la prisión preventiva.
El fallo lleva la firma del presidente del máximo tribunal, Eduardo Néstor de Lázzari, y los jueces Héctor Negri, Luis Genoud y Juan José Martiarena, y dispuso "como medida cautelar, la suspensión de los efectos de la Ley 14.434, hasta tanto se dicte sentencia definitiva". De esa forma, admitió parte del pedido realizado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión por la Memoria (CPM), los defensores públicos Julián Axat y María Fernanda Mestrin y otros organismos. Sin embargo, la Corte no se manifestó sobre la inconstitucionalidad de la norma, planteada por las partes.
La ley de excarcelaciones fue promovida por el gobernador y su ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal. Fue aprobada el 13 de diciembre y publicada en el Boletín oficial el 4 de febrero. El texto modificó el artículo 171 del Código procesal penal –Ley 11.922– que limitaba la excarcelación solo cuando la libertad de el imputado pudiera entorpecer o burlar el proceso judicial.
Para los jueces resultó verosímil el planteo de los organismos de derechos humanos respecto de que esa ley supone un avasallamiento "del principio de inocencia y a gozar de la libertad durante el proceso; del principio de igualdad; como así también, agravamiento de la crisis carcelaria en la provincia de Buenos Aires".
"La norma parece –escribieron los jueces– inclinarse a establecer una categoría abstracta de lo no excarcelable –lo cual quebrantaría asimismo el art. 16 de la Constitución Nacional– atendiendo a la clase de delito." Este carácter automático, dejaría a los jueces sin margen de apreciación de la prueba. "De esa forma, prima facie, puede configurarse una vulneración de derechos", explicaron.
Los organismos que solicitaron la cautelar saludaron la resolución “por estar en sintonía con la Constitución y los Tratados de Derechos Humanos", dijo Axat en representación del conjunto. Además, destacaron que abre la discusión "sobre el alcance de las políticas criminales" que para canalizar demandas de seguridad "proponen salidas facilistas y demagógicas castigando a los sectores vulnerables de la población".
