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El FAP avala la modificación a la ley de donación de sangre
Vicente López

El interbloque propone que el Concejo de Vicente López declare de interés legislativo el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados. Cristina González expresó que “donar sangre es un acto de solidaridad, y es este valor el que debería verse reflejado en la normativa, no la discriminación”. Presentaron también un proyecto relacionado con la penalización de actos discriminatorios.

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3 diciembre, 2012 0

El interbloque del Frente Amplio Progresista de Vicente López, integrado por Carlos Roberto, Cristina González, Paola Caputo, Julio Cúntari y Norberto Antelo, presentó un proyecto de Resolución, para que el Concejo Deliberante declare de interés legislativo el proyecto que modifica la Ley 22.990 de Sangre, el cual suprime los parámetros de discriminación, marginación y exclusión que se efectúa a las personas por su identidad de género y orientación sexual.

La iniciativa del diputado nacional Roy Cortina (PS - FAP) y los legisladores Victoria Donda (Libres del Sur - FAP), Ricardo Gil Lavedra (UCR), Alfonso Prat Gay (CC ARI) y Marcela Rodríguez (Democracia Igualitaria y Participativa), con el apoyo de la Federación LGBT Argentina, obtuvo la media sanción el pasado miércoles en la Cámara de Diputados.

La normativa actual, al no regular la anamnesis – consistente en el interrogatorio que la norma insta a su sometimiento para la exclusión de sujetos no aptos para la donación de sangre –, permite su regulación mediante la resolución ministerial que efectuase el Ministerio de Salud, que estableció una prohibición expresa para la donación de sangre a aquellos hombres que hayan tenido relaciones con el mismo sexo, así como también a sujetos que hayan sido víctimas de violación o abuso sexual, que se hayan encontrado por más de setenta y dos horas en una institución carcelaria, o mujeres que hayan tenido relaciones con varios hombres o fuera de la “pareja estable”.

Según el proyecto presentado por los concejales del FAP, la actual normativa “excluye a las personas cuya identidad de género e identidad sexual no condice con la heterosexualidad cultural e institucionalmente hegemónica”.

Cristina González mencionó, “las modificaciones que se presentaron adaptan el procedimiento de entrevista que se lleva a cabo en los hospitales y los centros de salud libre de prejuicios y discriminación, porque los avances científicos nos permiten excluir en el análisis de laboratorio aquellas donantes que son potencialmente riesgosos. El INADI dictaminó que esta clase de preguntas invade la esfera de privacidad de las personas, siendo categorías discriminatorios por crear prohibiciones en razón de juicios de valores sobre la calidad de la sangre de una persona sólo por el hecho de su orientación sexual o expresión de género”.

Agregó que “donar sangre presenta en sí un potencial riesgo, pero todos somos potencialmente riesgosos, como también somos potencialmente dadores de vida. Donar sangre es un acto de solidaridad, y es este valor el que debería verse reflejado en la normativa, no la discriminación”.

En mismo sentido, los concejales del FAP presentaron un proyecto de resolución para que el Departamento Deliberativo local declare de interés legislativo el proyecto que modifica Ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios, que agrega como “causales discriminatorias” aquellas que se fundan en razón de “color, etnia, nacionalidad, lengua o idioma, religión, ideología, opinión política o gremial, género, identidad de género o su expresión, orientación sexual, edad, estado civil, responsabilidad familiar, trabajo u ocupación, caracteres físicos, capacidad psicofísica, condición de salud, perfil genético, posición económica o condición social”, siendo actos de discriminación los que tengan por objeto o por resultado, impedir, obstruir, restringir o de cualquier modo “menoscabar el ejercicio igualitario de los derechos y garantías reconocidas en una ley, un Tratado y en la Constitución Nacional ”, no siendo tales enunciaciones de carácter taxativo y restrictivo, permitiendo una interpretación judicial de carácter amplio y extensivo de los actos discriminatorios que repudia la norma en cuestión.

Dicha modificatoria permitiría la legitimación procesal de organizaciones de la sociedad civil, la inversión de la carga de prueba en la demostración de los hechos, aumenta la figura de la discriminación y sus penas estipuladas en el Código Penal, y establece un régimen de reparación de daños colectivos.

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