“Es una actitud extorsiva”, dijo Maqueda, quien hasta hace poco integró el máximo tribunal. Junto a él, reconocidos analistas aseguran que no es correcto nombrar jueces de esta manera.
Luego de casi un año de no llegar a un acuerdo político para cubrir las dos vacantes en la Corte Suprema, Javier Milei firmó el decreto para nombrar en comisión al juez federal Ariel Lijo y al jurista Manuel García-Mansilla.
García Mansilla ya juró este viernes, pero sus ahora pares dudan si deben tomarle juramento a Lijo o si deben hacer una movida para que no ingrese.
En ese sentido, distintos juristas salieron a repudiar el excepcional decreto de Milei, incluyendo a Juan Carlos Maqueda, quien hasta hace pocos meses integró el máximo tribunal y ahora es cercano al peronismo cordobés.
El ex Juez de la Corte Suprema sostuvo: “Esto aparece como una actitud claramente extorsiva hacia el Congreso argentino, específicamente hacia la Cámara de Senadores”. “En los fundamentos del comunicado y en los fundamentos del decreto, en el comunicado presidencial y en los fundamentos del decreto, se dice que se utiliza este artículo 99, el artículo 19 de la Constitución, que es excepcional”, añadió.
Pero no fue el unico, pues una ola de juristas reconocidos salieron a aludir la inconstitucionalidad de los decretos, que no tienen antecedentes de efectivización en la era contemporánea.
Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) calificaron la decisión de inconstitucional. Su directora ejecutiva, Paula Litvachky, fue quien encabezó una demanda judicial que está siendo en este momento tratada y promete tener una resolución desfavorable para el presidente.
Por otro lado, el reconocido constitucionalista Andrés Gil Domínguez, sostuvo que se trata de un acto nulo de nulidad absoluta porque es una designación que no cumple con los requisitos de la Constitución.
El excamarista federal y actual presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) Ricardo Gil Lavedra lo calificó como un retroceso institucional que afecta seriamente la independencia judicial.
“Los argumentos que se dan son absolutamente inatendibles”, opina Gil Lavedra. “No es que el Senado tenga la obligación de prestarle acuerdo al presidente de la República, tiene que llegar a un consenso respecto de los nombres, por eso se exige una mayoría tan calificada. Pero no es que el presidente les dio la oportunidad, y como no le prestaron el acuerdo, puede hacerlo por decreto”, destaca.
