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Ley de Tránsito: oficializan cambios en la licencia de conducir, VTV y peajes inteligentes
Nacional

Las medidas se oficializaron a través del Decreto 196/2025. Muchos de los cambios estaban incluidos en la Ley Bases original, que luego se achicó para lograr la sanción en el Congreso.

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18 marzo, 2025

El Gobierno nacional oficializó los cambios en la Ley de Tránsito a través de un decreto que publicó este martes en el Boletín Oficial. Entre ellos figuran la obligatoriedad de la licencia de conducir digital, la eliminación de las cabinas de peajes y la flexibilización para hacer la Verificación Técnica Vehicular (VTV).

Las medidas se oficializaron a través del Decreto 196/2025 y según la administración libertaria se busca agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores, tanto particulares como profesionales. Además, se pretende simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, implementar la licencia nacional digital, eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.

Para cada punto habrá un período de transición hasta tanto pueda ser implementado en su totalidad. En otros casos, el impacto de la norma dependerá del grado de adhesión de las distintas jurisdicciones al nuevo código. En materia de tránsito, cada municipio cuenta con su propia norma y decide de manera autónoma si adhiere y, de hacerlo, si es total o parcialmente a las normativas nacionales.

Cabe recordar que muchos de los cambios estaban incluidos en la Ley Bases original, que luego se achicó para lograr la sanción en el Congreso.

1. Licencia de conducir

El decreto determina que la licencia de conducir será digital y válida para todo el país a través de la aplicación Mi Argentina. Se podrá renovar de manera remota con una constancia de aptitud física otorgada por profesionales o centros médicos registrados en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Poseer la credencial física pasará a ser opcional.

Además, quienes tramiten la licencia de conducir por primera vez no deberán renovarla luego de un año. Otro cambio importante radica en que las personas que ya tengan la licencia no tendrán que volver a realizar el trámite si se mudan a otra jurisdicción.

Modificaciones en las vigencias de las licencias para particulares:

  • Las personas de 17 a 65 años la renovarán cada 5 años.
  • Los mayores de 65 años la renovarán cada 3 años.
  • Los mayores de 70 deberán renovarlo de forma anual.

2. Cambios en la VTV

El decreto determina que la VTV se podrá realizar en talleres y concesionarias de cualquier jurisdicción, siempre y cuando tengan “instalaciones aptas y equipamiento adecuado”. Habrá que ver qué hace el Gobierno bonaerense con este cambio, ya que hay proyectos para modificar la verificación en el territorio.

Nuevos plazos para realizar la VTV:

  • Los autos 0 KM van a tener que realizar la primera VTV recién a los 5 años.
  • Los vehículos que tengan menos de 10 años de antigüedad deberán realizarla cada 2 años.
  • Los que excedan la década de antigüedad cada 1 año.
Un peaje del país.

3. Modificaciones en los peajes

Se estableció que las rutas nacionales cuenten con peajes inteligentes que no frenen el tránsito. Esta modificación planificada con los organismos involucrados en la medida, será llevada a cabo de manera gradual.

El Ejecutivo, para implementar esos cambios, busca lograr que todas las rutas nacionales tengan el sistema de TelePASE antes de fin de año. De este modo, se apunta que a partir de 2026 todas las carreteras presenten un 50% de peajes sin barreras (“free flow”) y otro con cobro automático.

4. Importación de vehículos y autopartes

Con la publicación del decreto, se confirma la eliminación de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) para la importación de vehículos en serie. De ahora en más, las automotrices que quieran ingresar modelos a la Argentina no requerirán tramitar la homologación para que circulen en el país, sino que “se tomarán como válidos los estándares de seguridad reconocidos por los países de alta vigilancia”.

Con respecto a la liberación en la importación de autopartes, ya no se pedirá el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS). En este punto también se tendrán en cuenta las normas IRAM.

5. Chau a la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI)

Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y E -que son las profesionales-, serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por las provincias o municipalidades que están autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

6. Conducción autónoma y casas rodantes

Además, se adecuó la normativa para permitir vehículos de conducción autónoma. En la actualidad, únicamente Alemania, Estados Unidos y Japón permiten, en algunas áreas, la conducción autónoma nivel tres. El objetivo del Gobierno es establecer un marco que, si bien no tendrá efectos inmediatos, servirá para que se pueda implementar con mayor facilidad esta tecnología una vez llegue al país. Será la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) la encargada de autorizar en qué rutas se podrá circular y con qué nivel de autonomía.

Finalmente, el texto publicado en el Boletín Oficial señala que se elimina la habilitación especial de casas rodantes y se autoriza la libre homologación de trailers, acoplados y remolques. Además, se adecuan condiciones de seguridad en general y en cascos de motociclistas en particular, para adaptarlas a estándares internacionales, promoviendo una circulación más segura. (DIB)

 

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