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Entró en vigencia la Ley de Alcohol Cero en la provincia de Buenos Aires
Provincial

La provincia de Buenos Aires se suma así a Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán con Alcohol Cero al volante.

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2 enero, 2023

A partir de este domingo 1º de enero empezó a regir la ley de alcohol cero en la provincia de Buenos Aires,  impulsada por el gobernador Axel Kicillof y el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D´Onofrio, ahora será cero la única graduación de alcohol en sangre permitida para conductores de cualquier tipo de vehículos en el territorio provincial.

La provincia de Buenos Aires se sumó a otras 12 provincias y más de 40 municipios tienen una normativa de alcohol cero al volante en sus territorios. El principal objetivo de esta ley es terminar con la especulación de algunos conductores con la tolerancia a 0,5g de alcohol en sangre.

«Desde la ANSV agradecemos al gobernador Kicillof y al ministro D´Onofrio por impulsar esta iniciativa, y también a los legisladores por haber entendido la necesidad de sancionar una ley que busca reducir las muertes y lesiones en el tránsito. De nuestra parte, apoyaremos la implementación con todos los recursos que estén a nuestro alcance”, expresó el director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano, apenas se aprobó la ley.

Por su parte, el ministro de Transporte, Jorge D’Onofrio, dijo que “esto es para todas las personas que circulen por el espacio público en la provincia de Buenos Aires” y reiteró que “va a contribuir a bajar los índices siniestrales, teniendo en cuenta que es del 44% la vinculación del alcohol con la siniestralidad”.

Sanciones: 

Hasta 499 miligramos: Tres meses de inhabilitación para manejar.

Entre 500 y 999 miligramos: La pena será de seis meses.

 Entre 1000 y 1500 miligramos: Inhabilitación por 18 meses

Superior a 1500 miligramos: No podrán conducir por 18 meses.

Durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

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Ciudad de Buenos Aires La Plata

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Tercera Sección

Almirante Brown Avellaneda Berazategui Cañuelas Esteban Echeverría Ezeiza Florencio Varela La Matanza Lanús Lomas de Zamora Magdalena Quilmes

Cuarta Sección

Alberti Bragado Carlos Casares Carlos Tejedor Chacabuco Chivilcoy Florentino Ameghino General Arenales General Pinto General Viamonte General Villegas Hipólito Yrigoyen Junín Leandro N. Alem Lincoln Nueve de Julio Pehuajó Rivadavia Trenque Lauquen
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