En su expediente Nro 1-228-129. 603, la entidad confirmó la decisión que la asamblea del Sindicato de Trabajadores Municipales había resuelto el viernes 27 de agosto. De esta manera “Cachito” dejará su cargo de secretario general, que será ocupado por la otrora secretaria adjunta, Victoria Medina. La resolución puede ser apelada por Pérez Martínez.
El último viernes del mes de agosto, el Sindicato de Trabajadores Municipales había vivido una de sus jornadas más calientes. Acusado por diversas irregularidades, su secretario general, Pérez Martínez, fue destituido de su cardo de secretario general de la entidad. En su lugar, fue proclamada la secretaria adjunta, Victoria Medina.
“Lo que quisieron hacer un golpe institucional avalado por al intendente Ricardo Ivoskus. A mí nunca me dieron derecho a replica. Si Medina dice que es la nueva secretaria general, pero es la secretaria de Daniel Ivoskus. Es una lástima para los trabajadores. Si es así, el gremio pasó a manos de Daniel Ivoskus. Yo voy a esperar que se expida sobre esta situación el Ministerio de Trabajo, mientras tanto voy a continuar en mi puesto de trabajo”, había dicho en su momento Pérez Martínez.
En las últimas horas, el Ministerio de Trabajo se expidió sobre el tema y en su resolución con número de expediente Nro 1-228-129. 603 ratificó la decisión de la asamblea, es decir, la destitución de “Cachito” al frente del Sindicato.
El texto, que lleva la firma de la Dra. Elena de Otaola (directora nacional de asociaciones sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social), sostiene: “Intímese a la Comisión Directiva de la entidad, a acompañar la documentación que de cuenta del corrimiento de cargos en el cuerpo de autoridades, producido o a producirse, en virtud de las destituciones de sus cargos a los Señores Jorge Pérez Martínez y Norma Frias, en copias certificadas por el representante legal de la entidad, y la correspondiente planilla complementaria Nro 5118, a efectos de proceder a incorporar al Registro Nacional de Asociaciones Sindicales, la nueva composición del cuerpo de autoridades”.
El punto 3 de la resolución, habla de la posibilidad de apelar esta situación: “Hágase saber a quién corresponda, -en los términos del artículo 40 del Decreto Nro 1.759 72, reglamentario de la ley 19.549-, que podrá interponerse contra el presente acto administrativo, recurso de reconsideración en el plazo de 10 días contados desde notificación del mismo, y recurso jerárquico en el plazo de 15 días contados de la misma forma”.

