El Consejo Directivo de la institución, presidida por Marcos Vilaplana, manifiesta su profundo rechazo al DNU 669/2019 mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional ha decidido modificar el cálculo de las indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
En su dictamen, el Colegio de Abogados de San Martín (CASM) sostiene que el decreto resulta violatorio del art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional, toda vez que este ha sido dictado en pleno funcionamiento del Congreso Nacional, no existiendo circunstancias que habiliten recurrir a esta vía excepcional.
Asimismo, afirma que el dictado del DNU resulta en abierta violación a lo dispuesto por el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, al pretender una aplicación retroactiva. También viola el bloque constitucional federal, por cuanto contraría el principio de progresividad, resultando una norma regresiva al reducir notoriamente la protección jurídica de las personas trabajadoras en lo referente a la reparación de los daños derivados de accidentes y enfermedades de trabajo.
Finalmente, el CASM sostiene que el decreto resulta contrario a la cláusula del progreso prevista en la Carta Magna, y por ende, violatorio del principio de justicia social por atacar a la persona trabajadora, sujeto de «preferente tutela constitucional».
