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La Corte bonaerense avaló la sanción a Pedidos Ya por la situación de 62 repartidores
Provincial

La Suprema Corte bonaerense rechazó el recurso de Repartos Ya, firma que opera bajo Pedidos Ya, contra una multa de $17 millones impuesta por el Ministerio de Trabajo por incumplimientos laborales vinculados a 70 repartidores. La causa aún continúa por otros ocho casos.

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18 agosto, 2026

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal presentado por Repartos Ya S.A., empresa que opera bajo la plataforma Pedidos Ya, y dejó firme el núcleo de una decisión que respaldó la actuación del Ministerio de Trabajo bonaerense en relación con la situación laboral de decenas de repartidores.

El máximo tribunal provincial resolvió el pasado 5 de agosto denegar el planteo de la compañía, con costas, luego de considerar que la empresa no había formulado una crítica eficaz contra la sentencia anterior y que, en aspectos centrales, se había limitado a reiterar argumentos que ya habían sido analizados.

El expediente se inició en julio de 2020, a partir de una serie de inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo de la provincia en distintas localidades bonaerenses. Durante los operativos fueron relevadas 71 personas que realizaban tareas de reparto a través de la plataforma.

A partir de esos procedimientos, el organismo laboral intimó a Repartos Ya a presentar la documentación correspondiente. La empresa reconoció solamente a uno de los repartidores como trabajador en relación de dependencia.

En tanto, respecto de tros 62 repartidores, sostuvo que se trataba de trabajadores autónomos vinculados mediante contratos de locación de servicios. Además, negó cualquier tipo de relación laboral con otras ocho personas relevadas durante las inspecciones.

Tras analizar las actuaciones, el Ministerio de Trabajo determinó la existencia de infracciones a la normativa laboral y aplicó a Repartos Ya una multa de $17.690.400, correspondiente a incumplimientos vinculados con 70 repartidores.

La compañía apeló la sanción, pero en noviembre de 2021 el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata rechazó el planteo y confirmó la resolución administrativa.

Entre otros argumentos, el tribunal consideró que Repartos Ya no había logrado desvirtuar la presunción de existencia de una relación laboral respecto de los repartidores cuya prestación de servicios había sido reconocida por la propia empresa.

El respaldo de la Suprema Corte

El conflicto llegó posteriormente a la Suprema Corte bonaerense. El 9 de abril de 2026, el máximo tribunal provincial confirmó sustancialmente lo resuelto en relación con los 62 repartidores respecto de los cuales la empresa había admitido algún tipo de vinculación.

La Corte, sin embargo, ordenó que la situación de las otras ocho personas fuera nuevamente analizada por el Tribunal del Trabajo, esta vez con una nueva integración. En esos casos, Repartos Ya había negado directamente la existencia de cualquier vínculo.

Por ese motivo, esa parte del expediente todavía no está cerrada y el nuevo pronunciamiento podría tener incidencia sobre el monto definitivo de la sanción.

Luego de la resolución de abril, la empresa intentó llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario federal. El planteo fue rechazado por la Suprema Corte bonaerense el 5 de agosto.

Entre los fundamentos, los jueces señalaron que la presentación de Repartos Ya no alcanzaba a demostrar un supuesto que justificara la intervención del máximo tribunal nacional. También descartaron que la empresa hubiera acreditado la existencia de un caso de gravedad institucional.

De esta manera, continúa vigente el criterio que respaldó la actuación del Ministerio de Trabajo respecto de los 62 repartidores cuya vinculación había sido reconocida por la compañía.

La defensa del Gobierno bonaerense

Tras conocerse la decisión, el ministro de Trabajo bonaerense, Walter Correa, destacó el alcance del fallo y defendió la intervención del Estado provincial frente a las nuevas modalidades de trabajo vinculadas con las plataformas digitales.

“Las transformaciones tecnológicas y las nuevas formas de organizar la producción no pueden significar una pérdida de derechos para las y los trabajadores”, sostuvo Correa.

El funcionario agregó que desde la Provincia continuarán ejerciendo “plenamente” el poder de policía laboral y defendiendo “el trabajo con derechos”.

La resolución representa así un nuevo respaldo judicial a las actuaciones impulsadas por la cartera laboral bonaerense en un expediente que pone en discusión la naturaleza del vínculo entre las plataformas digitales y quienes realizan tareas de reparto.

La causa, de todos modos, **todavía no está completamente concluida**: resta que el Tribunal del Trabajo vuelva a expedirse sobre la situación de las ocho personas respecto de las cuales Repartos Ya negó la existencia de cualquier relación.

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