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Diego Giuliano, en Urbana BA, por la Ley de Glaciares: «Proponemos una consulta popular vinculante»
Nacional

El diputado nacional habló sobre el proyecto de ley que presentó en el Congreso para que la ciudadanía decida. «La naturaleza no sabe de derechos. No sabe de los límites políticos. Y un glaciar de Mendoza impacta en las 47 localidades de La Pampa, que si le contaminan la fuente del río Atuel y Colorado, termina contaminándose su fuente de agua dulce».

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27 marzo, 2026

El diputado nacional y presidente del Frente Renovador (FR), Diego Giuliano, dialogó en exclusiva con Letra Chica, conducido por Eduardo Román, en Urbana BA, sobre el proyecto de ley que presentó para llevar a cabo una consulta popular vinculante por la Ley de Glaciares. 

«Estamos proponiendo algo que nos parece razonable, que es una consulta popular vinculante por la Ley de Glaciares. Se inscribieron 107 mil personas para hablar en la audiencia pública, que en realidad de pública no tuvo nada. Es la más grande de la historia del Congreso de la Nación«, empezó el legislador.

«La consulta popular vinculante es de voto obligatorio. Y establece un piso del 35 % de participación. Si llega a ese piso, la consulta es vinculante. Ni siquiera pasa por el Congreso», agregó.

El presidente del FR explicó que «hay dos modelos de consulta»: «La consulta popular simple se lleva adelante por un decreto del Poder Ejecutivo o por proyecto de ley. El Congreso, en cambio, solo tiene la herramienta de la ley. Es un instrumento que está en la Constitución de 1994 y están en casi todas las provincias, menos en dos. Nunca se ha ejecutado porque hay una especie de miedo a la urna muy grande».

 

La Ley de Glaciares todavía no tiene dictamen, pero el oficialismo espera poder tratarlo la semana que viene de manera express. El proyecto de Giuliano tiene la firma de 25 diputados nacionales pertenecientes a Unión por la Patria.

Giuliano expresó su descontento por el accionar del Gobierno nacional a la hora de dar los debates: «Yo veo que cuando hay cosas importantes que resolver en su Congreso, lo cierran cuatro manzanas a la redonda con Gendarmería, Policía Federal y todo lo que se le ocurra. Cada día está más alejando el Congreso de los problemas de la gente. Es una especie de estado de sitio».

«Cuando vemos la resolución de Mayoraz y el otro presidente de recursos naturales que plantean que solo van a hablar dos días y 240 personas, el 0,05 % se va a poder expresar. A los otros les dicen mandate un videito, o mandá un escrito. Es una falta de respeto«, añadió el santafesino.

Asimismo, el diputado nacional relató el impacto que tendría la ley y qué dice la Carta Magna: «La Constitución de 1994 plantea que la protección mínima la da la Nación. Mientras que los techos de protección, lo hace cada provincia. Esto tiene una fundamentación: lo dice porque en las cuestiones ambientales. La naturaleza no sabe de derechos. No sabe de los límites políticos. Y un glaciar de Mendoza impacta en las 47 localidades de La Pampa, que si le contaminan la fuente del río Atuel y Colorado, terminan contaminándose».

Por otro lado, Giuliano dijo que «la Constitución no se puede reformar por una ley del Congreso. Cuando se rompe los pisos mínimos y se les otorga a cada provincia, se sale de la Constitución. Hay 12 provincias de la Argentina que tiene glaciares, pero impacta en las 24″.

Por último, el diputado nacional volvió a remarcar: «La consulta popular vinculante requiere una sesión especial en la que haya aprobación con el voto de la mayoría de los presentes, tanto de Diputados como del Senado. El voto es obligatorio y es válida y eficaz cuando vota el 35 % del padrón», explicó Giuliano.

 

Qué dice el artículo 40 de la Constitución

 

Art. 40.– El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática.

El Congreso o el presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio.

El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.

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