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¿A quiénes alcanzará el anticipo de Ganancias para pagar el nuevo IFE de $94.000?
Economia

La AFIP estableció en 15% el adelanto para empresas que hayan tenido resultado impositivo de más de $600 millones para el período fiscal 2022 o 2023. El pago a cuenta financiará el bono para trabajadores no registrados que la ANSES pagará en octubre y noviembre.

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28 septiembre, 2023

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este jueves el anticipo extraordinario del Impuesto a las Ganancias que financiará el bono para trabajadores informales de $94.000, como había informado por el ministro de Economía, Sergio Massa en conjunto con la ANSES.

Mediante la resolución 5424, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el titular del ente regulador, Carlos Castagneto, se estableció que pagarán el anticipo aquellas personas jurídicas que hayan informado un resultado impositivo igual o superior a $600.000.000 en el periodo 2022 o 2023 y se encuentren en el rubro “intermediación financiera y servicios de seguros” y proveedores de servicios de pago.

En el anuncio del nuevo IFE, Massa había adelantado que “los bancos, financieras y compañías de seguros, que serán notificadas por la AFIP a los efectos de realizar el pago del anticipo”. Sostuvo que con esta medida “pretendemos de esta manera mantener el equilibrio de las cuentas públicas, pero llegar a los sectores más vulnerables de nuestra sociedad a los efectos de cuidar el ingreso de todos los argentinos”.

De acuerdo con la resolución 5424 de la AFIP, estarán alcanzados por el anticipo de Ganancias:

– Empresas del sector financiero, bancario y de seguros;

– El resultado impositivo en el periodo fiscal 2022 o 2023 fue igual o superior a $600.000.000;

– Quedarán excluidos quienes cuenten con un certificado de exención del Impuesto a las Ganancias.

El monto del pago a cuenta se determinará al aplicar el 15% sobre el resultado impositivo en el período fiscal anterior inmediato.

El anticipo de Ganancias se abonará en tres cuotas de acuerdo al cierre del ejercicio de cada empresa:

– Agosto 2022 a abril 2023: primera cuota el 23 de octubre, la segunda el 22 de noviembre y la última el 22 de diciembre de 2023.

– Mayo 2023: las tres cuotas se abonarán el 22 de noviembre, diciembre de 2023 y el 22 enero de 2024.

– Junio 2023: las cuotas vencen el 22 de diciembre de 2023, el 22 de enero y de febrero de 2024.

– Julio 2023: las tres cuotas se abonarán el 22 de enero, febrero y marzo de 2024.

Fuente: TN.

 

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