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Los fundamentos de los cortesanos para habilitar la presencialidad en las aulas en CABA
Nacional

El Corte le dio un duro revés al Gobierno con guiño a Larreta, en un fallo que la administración porteña celebró por lo bajo.

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5 mayo, 2021

Los jueces de la Corte fallaron a favor de la autonomía de la Ciudad, habilitando a Horacio Rodríguez Larreta a abrir las escuelas para la presencialidad, otorgando un duro golpe al Gobierno Nacional quien salió a responder en un comunicado de 20 puntos.

En el Gobierno porteño, Larreta dio la orden de no salir a «enrostrarle» al oficialismo la derota judicial, mantener el perfil y bajo y dejar trascender que se continuará en la línea de trabajo coordinado con Nación y provincia.

Los fundamentos de Carlos Rosenkrantz

El titular de la Corte directamente declaró la inconstitucionalidad de la norma en base a que si bien el decreto presidencial fue dictado en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por ley, “las autoridades deben encarar la responsabilidad de atender los problemas que la emergencia plantea dentro de los límites formales y sustanciales que les impone la Constitución”.

Tras reconocer las facultades propias de la Ciudad luego de la reforma de 1994, recordó que la Constitución Nacional le exige asegurar la educación primaria y le da poder para promover la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura. “El Estado Nacional no puede invocar la interjurisdiccionalidad o afirmar que está en juego el bienestar general de modo meramente conjetural” para disponer la suspensión de las clases presenciales.

Rosenkrantz entendió que es conjetural el impacto sobre la salud invocado por la Nación y que la Ciudad acercó elementos que demuestran la baja incidencia de la pandemia en la transmisión de la enfermedad.

Los fundamentos de Ricardo Lorenzetti

El rafaelino y extitular de la Corte entendió con su voto que “hay un derecho humano a la educación que debe ser satisfecho en la mayor medida posible”, pero también que hay “un derecho a la salud y la vida”, por lo que entendió que debe analizarse cuál es la máxima satisfacción posible del derecho a la educación protegiendo la salud.

En esa línea dijo que el Estado “no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educación”, excepto cuando puede haber un daño para terceros, “siempre que ello no signifique una afectación esencial del derecho, lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación de calidad.

Además, el ministro cortesano incluyó al ministro Nicolás Trotta de manera indirecta en sus fundamentos, al señalar que en caso de desacuerdo entre la Nacion y al Ciudad, hay una guía que es lo decidido por el Consejo Federal de Educación el 12 de febrero pasado cuando “priorizó la reanudación de clases presenciales en todo el país bajo condiciones de seguridad sanitaria y cuidado de la salud”.

“Esta guía no puede ser sustituida por los jueces que carecen de información suficiente para decidir sobre cuestiones vinculadas a la salud pública”, escribió Lorenzetti. Por eso concluyó que la Ciudad y las provincias pueden regular la apertura de las escuelas, el Estado nacional sólo puede regular el ejercicio del derecho a la educación.

Los fundamentos de Horacio Rosatti y Carlos Maqueda

Ambos cortesanos, de relación con el peronismo opinaron que corresponde a la Ciudad decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes y decidir el modo en que lo harán.

En ese marco los ministros de la Corte Señalaron que el Estado Nacional no dio suficientes fundamentos para decidir sobre aspectos sanitarios que le permitan legislar sobre la modalidad educativa en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.

Tanto Rosatti como Maqueda dijeron que esta decisión es un criterio de “máxima relevancia institucional” en el marco del federalismo y que debe aplicarse a casos futuros.

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Cuarta Sección

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