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Los Municipios no podrán exigir el pago de multas para sacar o renovar la licencia de conducir
Provincial

Tras varias instancias judiciales el gobierno bonaerense comunicó a los 135 municipios de la Provincia que ya no podrán incluir como obligación para renovar el carné de conducir el libre deuda de infracciones.

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26 febrero, 2020

De esta manera, la Justicia dio lugar a un reclamo lanzado por la Defensoría del Pueblo para que los conductores que quieran renovar el registro, no se vean obligados a pagar las infracciones de tránsito que no posean sentencia firme.

La inclusión del monto de libre deuda y las trabas a la expedición del carnét que ocasionaban las infracciones impagas, provocó un aluvión de quejas ante el Ombudsman de la Provincia de Buenos Aires, que realizó una presentación formal para que se termine con la exigencia. En respuesta al reclamo, la dirección de Seguridad Vial, emitió una circular a todas las comunas para que hagan cumplimiento efectivo de la sentencia judicial.

Aunque, en ese sentido, se adelantó que cada municipio deberá adecuar su estructura administrativa para quitar el cobro y discernir cuáles son las multas con sentencia firme que tiene cada conductor que pretenda renovar su licencia.

En ese sentido, en la circular, la Provincia deja en claro que “solo la existencia de multas impagas o inhabilitaciones vigentes, impuestas por sentencias firmes y consentidas impiden la obtención de la licencia de conducir”. Y, en ese marco, señala que “aquellos procedimientos donde solo existan infracciones constatadas y/o en trámite, no pueden obstaculizar la obtención de la licencia única de conducir”.

REGLA

El primer revés contra la regla que obligaba a pagar las infracciones de tránsito que no posean sentencia firme a quienes quieran renovar el registro, se dio en 2015, con un fallo de la Justicia de Mar del Plata, que consideró que “es inconstitucional” que se exija el libre de deuda por infracciones impagas para renovar el carnét de conducir argumentando que “no hay relación entre una deuda monetaria y las aptitudes del conductor”.

Ese fallo contradijo la actual ley que establece que todas las personas que tengan que iniciar el trámite de renovación, deberán obtener un certificado de libre deuda expedido por el Registro Único de Infractores de Tránsito (RUIT) y según fuentes oficiales, luego de atravesar todas las instancias judiciales, el freno quedó firme para todo el territorio bonaerense.

REGISTRO ÚNICO

El Registro Único de Infractores de Tránsito (RUIT) depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia, que a través de los registros de antecedentes de tránsito, comunica las sanciones y las declaraciones de rebeldía, por lo que las renovaciones quedaban, hasta la sanción, ligadas a la existencia de una sentencia firme en relación a estas situaciones.

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Municipios

Ciudad de Buenos Aires La Plata

Primera Sección

Campana Escobar General Rodríguez Hurlingham Ituzaingo José C. Paz Luján Malvinas Argentinas Merlo Moreno Morón Pilar San Fernando San Isidro San Martín San Miguel Tigre Tres de Febrero Vicente López

Tercera Sección

Almirante Brown Avellaneda Berazategui Cañuelas Esteban Echeverría Ezeiza Florencio Varela La Matanza Lanús Lomas de Zamora Magdalena Quilmes

Cuarta Sección

Alberti Bragado Carlos Casares Carlos Tejedor Chacabuco Chivilcoy Florentino Ameghino General Arenales General Pinto General Viamonte General Villegas Hipólito Yrigoyen Junín Leandro N. Alem Lincoln Nueve de Julio Pehuajó Rivadavia Trenque Lauquen
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