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Pilar: Con ausencia de la oposición, el Concejo Deliberante aprobó la Emergencia Municipal
Pilar

Con trece miembros presentes –entre ellos el ex Cambiemos, Miguel Gamboa- hubo quórum y en un trámite express el proyecto de ley tuvo luz verde.

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26 diciembre, 2019

En lo que fue la última sesión del año, el Concejo Deliberante de Pilar aprobó de forma unánime de los presentes la ley de Emergencia Municipal. Los 11 miembros de la oposición se ausentaron; sin embargo, con los doce ediles del oficialismo al que se sumó el ex Cambiemos, Miguel Gamboa, logró la manos suficientes para el quórum y tratamiento de la normativa.

En este sentido, quien encabezó la lista de Juntos por el Cambio en las últimas elecciones, explicó: “Hemos visto un deterioro social muy profundo y una ruptura de la actividad productiva y de las pymes. Me parece importante acompañar la Emergencia no solo desde el punto de vista político, también humano. Hoy no estamos para mezquindades, sino para tirar del carro. Hoy hay dos carriles: seguir con la política del ajuste y mirar para otro lado a la pobreza o ayudar a los argentinos”.

En la previa, desde el arco opositor se cuestionó las amplias facultades que la Emergencia le daría al intendente, Federico Achával, ya que abarcará varias áreas: Presupuestaria, Administrativa, Financiera, de Seguridad, Social, Sanitaria, Productiva, de Infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos.

Así, según señala el texto, la emergencia lo facultará para tener injerencia en la prestación de los servicios públicos, la ejecución de los contratos, convenios y acuerdos de la Municipalidad, la situación administrativa, presupuestaria y financiera de la administración pública municipal; reprogramar plazos de pago, otorgar planes de pagos y/o refinanciaciones de deudas vencidas a los contribuyentes, renegociar modos y plazos de pago para la totalidad de las contrataciones vigentes.

También incluye la facultad para realizar compensaciones, refinanciaciones y quitas.Fijar mecanismos y plazos para la verificación de deudas que pudieran tener origen anterior a la sanción de la emergencia, renegociar, terminar o modificar convenios con organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, diferir el pago a proveedores y utilizar todo fondo asignado previamente a otros fines determinados, disponiendo de las partidas necesarias. Permite renegociar y rescindir contratos de obras, bienes y servicios; y crear moratorias, establecer reempadronamientos de contribuyentes y de Consolidación de Deudas para la verificación y renegociación con acreedores del Municipio.

La misma tendrá vigencia por un año y podrá prorrogarse por única vez y por la misma cantidad de tiempo.

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