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Stanley defenderá en Diputados el proyecto de urbanización de villas
Nacional

La ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, defenderá el próximo miércoles en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados el proyecto de ley que promueve el Gobierno para urbanizar villas en todo el país.

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14 mayo, 2018

La exposición de la funcionaria será a las 10:00 en el Anexo C de la Cámara baja, en el marco de un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales (cabecera), Vivienda y Ordenamiento Urbano, Legislación General, y Presupuesto y Hacienda.

Ocurre a un mes de la presentación de la iniciativa que lleva las firmas de los jefes del Pro, Nicolás Massot; de la UCR, Mario Negri; y de la Coalición Cívica, Elisa Carrió; y que fue elaborado en conjunto con el Poder Ejecutivo.

El proyecto, que establece un «Régimen de integración socio urbana y regularización dominial», declara la «utilidad pública» y sujeto a expropiación de las tierras donde se localizan 4.228 asentamientos urbanos precarios, conocidos como «villas miseria» o «de emergencia», con el objetivo de construir planes de vivienda y entregarles a sus habitantes títulos de propiedad.

No obstante, de la letra del proyecto no se desprenden plazos de ejecución de las obras ni de la entrega de los títulos de propiedad a las familias a las que se apunta a beneficiar.

La cantidad de asentamientos a urbanizar surge de un relevamiento realizado desde 2016 por Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), que funciona en la órbita de la cartera que dirige la ministra Carolina Stanley.

De dicho relevamiento surge que las 4.228 villas repartidas en todo el país, en la que viven 3.5 millones de personas, cubren una superficie de 415,5 kilómetros cuadrados, es decir, más del doble del área de la Ciudad de Buenos Aires.

El proyecto designa a la Agencia de Administración de Bienes del Estado como sujeto expropiante, la cual deberá individualizar «los bienes inmuebles a expropiar incluidos en el RENABAP» y «promover el avenimiento con los titulares de registro de los bienes inmuebles sujetos a expropiación».

Si la norma fuera aprobada, se establece un plazo máximo de 60 días hábiles contados a partir de la notificación al expropiado de la respectiva tasación por parte del Tribunal de Tasaciones de la Nación para acordar el avenimiento.

Si éste no fuera posible, la Agencia de Administración de Bienes del Estado procederá igualmente con una acción judicial para avanzar con la expropiación de las tierras.

Por otra parte, el proyecto contempla la celebración de acuerdos entre la Agencia y el Ministerio de Desarrollo Social con las provincias y los municipios para facilitar la transferencia de los bienes inmuebles sujetos a expropiación.

«En caso de falta de acuerdo, el PEN estará facultado a proceder al mecanismo de expropiación previsto en la presente ley, abonando los montos que determine el Tribunal de Tasaciones de la Nación», acota el proyecto.

En cuanto al financiamiento, el proyecto autoriza al Poder Ejecutivo a crear un fideicomiso especial para afrontar los gastos de «la la totalidad de las actividades que resulten necesarias para llevar adelante el objeto de la presente ley».

El artículo 13 del proyecto suspende por dos años desde la entrada en vigor de la ley de los desalojos en los inmuebles sujetos a expropiación.

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Campana Escobar General Rodríguez Hurlingham Ituzaingo José C. Paz Luján Malvinas Argentinas Merlo Moreno Morón Pilar San Fernando San Isidro San Martín San Miguel Tigre Tres de Febrero Vicente López

Tercera Sección

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Cuarta Sección

Alberti Bragado Carlos Casares Carlos Tejedor Chacabuco Chivilcoy Florentino Ameghino General Arenales General Pinto General Viamonte General Villegas Hipólito Yrigoyen Junín Leandro N. Alem Lincoln Nueve de Julio Pehuajó Rivadavia Trenque Lauquen
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