Silvia Bravi es una defensora de los derechos de los animales. Denuncia que en San Martín se viola la Ley Nacional que prohíbe matar o maltratar a cualquier animal. Pide que el distrito se declare No Eutanásico.
El Zoonosis es un problema grave para San Martín. Un perro, que es capturado o llevado a una jaula por se considerado mordedor, es sacrificado luego de 10 días si nadie lo retira.
Lo mismo sucede con otros perros que son capturados en la intemperie, y son sacrificados a los 3 días si nadie los reclama.
Silvia Bravi es una ciudadana sanmartinense, defensora de los derechos del animal, que se enfrentó a la Municipalidad de San Martín para que el Ejecutivo local deje de matar perros. El Departamento de Zoonosis local está a cargo del Dr. Raul Eyherabide. EN la página Web del Municipio se describe al área como “Control y prevención de las enfermedades transmitidas por animales”, y el telefono de contacto es 4512 - 7031 / 7034.
Bravi explica que junto a Renée Cormillot –de la Ssociación Adepra- “se armó la primera reunión con la Municipalidad, representada por el Dr. Eyherabide y el subsecretario de Salud Roberto Mionis. Logramos estar en la EPSam con el stand de Salud difundiendo actividades del grupo proteccionista y todo lo que hacíamos para reunir fondos para rescatar a estas mascotas antes de ser sacrificadas”.
La activista denuncia que luego de la expo se enteraron que 2 perros que iban a ser liberados, ya castrados, fueron “asesinados”. Así comenzó un camino de reclamos. Además de Adepra, se sumaron a la lucha la Zona de Mascotas de San Martín y la Protectora San Andrés. Nunca fueron recibidas por el Intendente Ivoskus.
Bravi dice que “no existe la voluntad política para mejorar las cosas. Ahora están diciendo que no matan, pero sabemos que es mentira. Matan menos”.
¿Cuál es el reclamo? “Lo que queremos es que San Martín se declare Municipio No Eutanásico como otros distritos, y que se ponga multa a quién deliberadamente abandona su mascota en la calle. Que no reciban perros que no sean mordedores, y que para evitar enfermedades zoonóticas tomen medidas para erradicar basurales y ratas, que son la principal fuente de transmisión de la rabia”, explica Bravi.
Estas medidas ya se tomaron en Ituzaingó, General Alvarado, Almirante Brown, 3 Arroyos, y varios municipios más.
“Nadie quiere escuchar, ni los concejales ni el intendente. Nadie quiere atender esta problemática que va en aumento. Los animales son considerados cosas y no seres vivos, por eso hay tanta indiferencia. Pero sufren y sienten igual que nosotros, y presienten cuando van a morir. Huelen la muerte en las jaulas del antirrábico ¿Cómo puede ser que nadie entienda esto?”, se ofuscó Bravi al explicar el problema.
Lo cierto es que está prohibido en todo el territorio nacional sacrificar o maltratar a un animal. La Ley Nacional 14.346 de Protección Animal, sancionada en el Congreso en el año 1954 e incluida en el Código Penal, indica que “será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”.
Además dice que “serán considerados actos de maltrato: 1) No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos. 2) Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas. 3) Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas. 4) Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado. 5) Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos. 6) Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas”.
Y que “serán considerados actos de crueldad: 1) Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello. 2) Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad. 3) Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo en casos de urgencia debidamente comprobada. 4) Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia. 5) Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en la experimentación”.
“6) Causar la muerte de animales grávidos, cuando tal estado sea patente en el animal y salvo en el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato. 7) Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad. 8) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales”.
Ante cualquier caso de crueldad, el ciudadano puede hacer la denuncia correspondiente ante las autoridades del lugar. Alcanza con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.
La denuncia debe formularse ante la Comisaría de la zona, Juez competente, o el Ministerio Fiscal. La Policía tiene obligación de tomar la denuncia. El denunciante no contrae ninguna obligación que lo ligue al proceso, ni es necesario el asesoramiento de abogados.

