La fecha marca la preservación de la memoria histórica de las víctimas y los hechos que se desencadenaron en la “La Masacre de Budge”. El 8 de mayo de 1987 la Policía Bonaerense fusiló a Agustín Olivera (26 años), Oscar Aredes (19 años) y Roberto Argañaraz (24 años) en una esquina de su barrio en Ingeniero Budge, Lomas de Zamora.
Por Mohamed Adrian Eslaiman, abogado especialista en derecho penal
Los jóvenes se habían juntado en la esquina de Figueredo y Guaminí, tal como era costumbre, cuando el suboficial Juan Ramón Balmaceda, el cabo Juan Alberto Miño y el sargento Isidro Rito Romero bajaron de una camioneta de la Policía Bonaerense y dispararon contra ellos. A las víctimas se les “plantaron” armas en un intento de hacer pasar el caso como un enfrentamiento con supuestos delincuentes.
La conmemoración del día de la Violencia Institucional promueve despertar la conciencia pública, para evitar la repetición de hechos como los ocurridos en el presente caso, y conservar viva la memoria de las personas fallecidas, con énfasis en fortalecer garantías de no repetición.
Las estadísticas sobre hechos de violencia con participación de fuerzas de seguridad reflejan la cantidad de personas muertas por las fuerzas de seguridad, es un indicador del cual pueden desprenderse algunas conclusiones inconclusas.
La función de las fuerzas de seguridad tiene como misión brindar seguridad con un uso mínimo de la fuerza e indispensable en aquellas situaciones que se ameriten excepcionales. Es así que las exigencias normativas del derecho nacional e internacional que rigen en el uso de la fuerza por las fuerzas de seguridad indican que en toda resolución de conflictos que intervengan debe emplearse el uso escalonado de la fuerza, para ello se ordena, la disuasión a través del diálogo, el uso de hidrantes, gas pimienta, uso racional de la fuerza y por último el armamento. Los agentes de seguridad no deben recurrir a la fuerza en la resolución de conflictos excepto en legítima defensa, tentativa de evasión, resistencia por la fuerza al cumplimiento de una orden basada en la ley o los reglamentos. De tal manera el uso de la fuerza física razonable se emplea para: someter a un agresor, vencer su resistencia y/o efectuar su detención. Siempre en la medida necesaria.
Una elevada tasa de intervenciones policiales letales nos podría llevar a la conclusión que las fuerzas de seguridad no están bien capacitadas, entrenadas, o que la violencia institucional es promovida o tolerada con la aquiescencia de la cúpula policial, autoridades de los tres poderes del Estado y por la sociedad.
El análisis de las muertes en manos de agentes de seguridad indican que hasta 2023 la cantidad de personas muertas en hechos de violencia con participación de fuerzas de seguridad muestran una tendencia descendente. En cuanto a víctimas particulares, esta tendencia comenzó luego de un pico en 2014. Respecto a los/as funcionarios/as, el número se mantuvo relativamente estable en los últimos años y en el año 2022 se produjo una disminución que se revirtió en el año 2023. De acuerdo con los datos publicados por el CELS, en ambos grupos persiste un núcleo de muertes que el Estado no pudo reducir.
Sin embargo, un dato llamativo que genera poca atención de la opinión pública y de la cartera ministerial Bonaerense consiste en que 5 policías bonaerenses por mes cometieron suicidios en lo que va del 2024. Mueren más que en servicio. Los motivos probablemente obedecen a la falta de contención dentro de la fuerza, la escasa asistencia en salud mental, la falta de políticas dirigidas al bienestar laboral lo que configura una realidad no corregida a la fecha.
La ausencia de políticas de prevención de esta violencia hace que volvamos a la forma más inhumana y sangrienta de penar, la pena de muerte, sin juicio previo y tan gravemente aún al azar.
La evitación de muertes debe ser una estrategia medular de las políticas públicas de convivencia, seguridad, derechos humanos y acceso a la justicia, dirigidas a reducir la violencia en todas sus formas, especialmente la que proviene del Estado. Solo a partir de planificaciones concretas, sujetas a mecanismos de monitoreo y de evaluación de resultados podremos contar con modelos de seguridad democráticos que efectivicen plenamente la vigencia irrestricta de nuestros derechos humanos.
