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Laura Alonso deberá dejarse auditar
Nacional

Cámara respaldo a la AGN en demanda para acceder a sus bases de datos. Ratificó fallo anterior y le «cobró» costos del juicio a Oficina Anticorrupción.

 

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12 noviembre, 2019
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la intimación a la Oficina Anticorrupción (OA) que preside Laura Alonso para que entregue a la Auditoría General de la Nación (AGN) información sobre el organismo que fue negada con distintas excusas y planteos dilatorios. La Sala III de la Cámara confirmó la decisión del juez Enrique Lavié Pico que hizo lugar a un pedido de la AGN que entre sus facultades está la de auditar la labor realizada por la Oficina Anticorrupción, las denuncias que presenta, entre otras funciones de contralor. El tribunal sostuvo que si bien la OA adujo que la información requerida podría encontrarse alcanzada por el deber de reserva, “tampoco acreditó tal circunstancia y, aún en ese supuesto, no hubiese resultado óbice a acceder a lo solicitado”. El revés judicial consolida las señales políticas adversas que comenzaron a ceñirse sobre Alonso y su cuestionada labor al frente de esa dependencia.

Lavié Pico ya había dicho en su fallo de septiembre pasado que la negativa a facilitar la información por parte de la Oficina Anticorrupción ha impedido a la Auditoría General de la Nación (AGN) el pleno ejercicio de sus facultades de contralor, asignadas de manera expresa en la Constitución. La auditoría en cuestión había sido ordenada además por el Congreso de la Nación.

La AGN pidió auditar el listado de manuales de procedimientos o de guías de trabajo en uso, y la “labor realizada desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2018, el listado de denuncias presentadas ante la Justicia, de las recibidas por el Organismo y el estado actual de las mismas”.

La OA en su momento pidió precisiones al responder que lleva adelante unas cuatro mil actuaciones. Y dijo que sólo uno de los puntos no había podido dar cumplimiento porque esos datos no surgían de sus bases. La Justicia citó la ley 27.275, de acceso a la información pública, y le remarcó a la OA los principios a favor de la difusión de la información pública.

Para la Justicia el derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos sobre las actividades de la Administración, y sobre los datos o documentos que ésta posee “constituye una exigencia elemental del Estado democrático de Derecho y un derecho humano fundamental”.

La OA había apelado el fallo de primera instancia, y ahora la Cámara rechazó la apelación.

“Toda vez que la parte demandada no ha logrado enervar -mediante las argumentaciones intentadas- la existencia de excepción alguna que impidiera en el caso el acceso a la información solicitada por la Auditoría General de la Nación, ni que hubiese cumplido en forma adecuada y completa con el requerimiento efectuado por ésta, corresponde rechazar la apelación y confirmar la sentencia de primera instancia”, sostuvo la Cámara, con las firmas de Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández –hombre fuerte del fuero Contencioso- quienes además impusieron los gastos del juicio a la parte demandada, es decir a la OA.

 

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