El estreno de “Belén” reavivó el debate sobre mujeres encarceladas tras partos o abortos espontáneos.
La película “Belén”, dirigida por Dolores Fonzi, expuso en los cines una realidad que atraviesa a cientos de mujeres en Argentina. La trama sigue a una joven tucumana que ingresó a un hospital con un dolor abdominal que derivó en hemorragia. El personal la acusó de arrojar un feto al inodoro. La Justicia la detuvo y la condenó a ocho años por homicidio agravado por el vínculo. Tres años después, una abogada feminista tomó su caso y logró su absolución en apenas tres meses. “Belén” no es su nombre real; la protagonista eligió el anonimato y se alejó de su provincia.
En el país hay muchas “Belén”: mujeres perseguidas tras abortos espontáneos o complicaciones obstétricas. Las detienen, las procesan y las encierran. El Código Penal de 1921 ya contemplaba la interrupción del embarazo en casos de riesgo para la vida o salud de la mujer o si era fruto de una violación. En 2012 la Corte Suprema reforzó ese derecho y advirtió que la judicialización y las trabas en los procedimientos constituyen violencia institucional.
Sin embargo, la criminalización continuó. Un estudio de 2020 elaborado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, el CELS y el CUSAM detectó al menos 1.532 causas por aborto y 37 por eventos obstétricos entre 2012 y 2020. Ese mismo año se sancionó la ley que permite la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta la semana 14, y la Interrupción Legal en casos de riesgo para la salud o embarazo por violación.
Pero, según Rosana Fanjul, integrante de la Campaña, la persecución no terminó. “Desde 2020 hasta hoy detectamos, al menos, 22 mujeres denunciadas: 7 están a la espera de juicio, 8 fueron condenadas y el resto ya logramos su libertad. Estos datos son sin contar la provincia de Tucumán”, afirmó. Mencionó casos en Buenos Aires, Corrientes, La Pampa, Misiones, La Rioja, Salta, Santa Fe y Santiago del Estero. “A partir de la ley salimos a buscar mujeres que estuvieran criminalizadas para representarlas y logramos 19 liberaciones, otras no aceptaron y otras ya cumplieron la condena”, agregó.
Fanjul subrayó que “la mayoría son por eventos obstétricos, no por abortos. Son todos embarazos que han tenido una interrupción involuntaria, pero igual terminaron en criminalización”. Denunció además que “son claramente emergencias obstétricas, pero para el sistema judicial y su creencia del niño por nacer, todo es homicidio. Y falsean la cantidad de semanas y tiran los fetos para que no haya autopsias y no se pueda saber la cantidad de semanas”. Y concluyó: “Sigue habiendo personas prejuiciosas que buscan disciplinarnos. El gobierno nacional da discursos que generan confusión y legitima aquellos que están en contra de este derecho”.
Casos emblemáticos
Como “Belén”, “Juana” tampoco es su nombre real. Vive en Moreno y estudiaba psicología. En agosto de 2020 se desmayó en su casa y su madre la halló inconsciente. Una médica encontró un feto junto a ella y la trasladó al hospital. “Juana” sufrió un legrado sin anestesia, despertó con dolor en medio del procedimiento, la esposaron a la camilla y llamaron a la policía. Los médicos le dijeron que había perdido a su bebé. Ella negó estar embarazada. Tres meses después la detuvieron y pasó meses en una comisaría hasta que consiguió arresto domiciliario con tobillera electrónica. Su juicio será en mayo de 2026.
Otro caso es el de Paola Ortiz, de Villa Nueva, Córdoba. En 2012 atravesó un parto en avalancha en su casa, sin asistencia médica. El bebé nació muerto. En 2015 fue condenada a cadena perpetua. “El embarazo y el parto se desarrollaron en condiciones de extrema vulnerabilidad: en soledad, sin redes de contención, sin recursos materiales ni apoyo emocional, y atravesada por años de violencia física, psicológica, sexual y económica ejercida por el padre de sus hijos y por su ex suegro, con quien vivía”, explicaron desde La Guardia de Abogadas Feministas.
El proceso judicial incluyó cambios en la carátula y un trato discriminatorio. “La autopsia forense estableció expresamente la duda sobre el nacimiento con vida. Aún sin la certeza sobre el nacimiento con vida del bebé, fue condenada por homicidio por los incumplimientos de los deberes que una buena madre debe realizar”, sostuvieron las abogadas. También denunciaron que la defensa oficial omitió presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema.
Para las defensoras, el caso Ortiz muestra cómo el sistema judicial actúa con sesgos de género y violencia institucional, encasillando a las acusadas como “mala madre” o “mujer monstruosa” y desconociendo las condiciones de vulnerabilidad en que ocurrieron los hechos.
