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La Justicia citó al gobierno nacional a una audiencia por los argentinos varados en el exterior
Nacional

Lo hizo la Cámara del Crimen en una causa en la que nueve argentinos reclaman la inconstitucionalidad del cupo de ingreso de 600 personas por días. Esa presentación había sido rechazada. Ahora la Cámara lo revocó y ordenó la audiencia que será esta tarde.

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5 julio, 2021

La Cámara del Crimen ordenó que se haga una audiencia entre el gobierno nacional y los abogados que presentaron cuatro hábeas corpus por nueve argentinos que están varados en el exterior por el cupo de ingreso al país de 600 personas por día como medida sanitaria contra el coronavirus, principalmente por la nueva variante Delta del virus, y cuyas presentaciones habían sido rechazadas por un juez de instrucción que validó la medida del Poder Ejecutivo.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que ahora la Cámara revocó esa decisión al considerar que “resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta” en la ley de hábeas corpus a la que debe ser convocado el gobierno nacional a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a cargo de Santiago Cafiero, cuyos abogados se presentaron hoy en el expediente. También que se deben analizar los argumentos vinculados a la salud de los varados.

El juez de instrucción Martín Carlos del Viso, a cargo de los casos, ya fijó la audiencia: será hoy a las 19:30 horas, señalaron a este medio fuentes del expediente.

Los casos que se presentaron en la Justicia fueron los de nueve argentinos en el exterior (ocho en Estados Unidos y uno en Paraguay) que no pudieron regresar al país cuando tenían sus vuelos programados -todos la semana pasada- por la entrada en vigencia de la decisión administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete que estableció el límite de ingreso de 600 personas por día al país.

Presentaron cuatro hábeas corpus en los que señalaron que la medida era inconstitucional porque limita posibilidad de ingreso al país y tres de ellos señalaron que tenían problemas de salud. Uno de los casos fue presentado por los diputados de la oposición Waldo Wolff, Luis Petri, Fernando Iglesias, Álvaro de Lamadrid, Cristian Ritondo y Pablo Torello por un señor varado en Paraguay y lo extendieron a todos los argentinos en la misma situación.

El juez Del Viso había convocado a una audiencia para el viernes pasado pero las partes desistieron de concurrir. El magistrado rechazó los planteos. “Sin desconocer los problemas que la situación ha generado a quienes vieron postergado su retorno al país, entiendo que la medida cuestionada no aparece como aislada, sino que por el contrario debe ser considerada como razonable y proporcionada, dada la situación de crisis sanitaria que atraviesa el país y el mundo”, sostuvo el magistrado en su fallo.

Algunas de las partes apelaron a la Cámara del Crimen y el tribunal intervino hoy. “Frente a la existencia de diversos planteos, formulados a favor de diferentes personas, el Tribunal entiende que en el caso resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta en el art. 14 de la ley 23.098″, dijeron los camaristas Mauro Divito y Juan Cicciaro. Se trata de una audiencia que prevé la ley de hábeas corpus para escuchar a las partes involucradas.

En esa audiencia estarán los abogados de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el organismo que dictó la decisión administrativa 643/2021, que se presentaron en la causa. Tras la audiencia se deberá volver a resolver el caso.

La Cámara marcó un aspecto a analizar: la salud de algunos de los varados. El tribunal dijo que en la audiencia “habrán de ventilarse, además, las distintas situaciones particulares de los beneficiarios, lo que no ha sido objeto de puntual análisis en el auto examinado, pese a que algunos de éstos han invocado razones de urgencia vinculadas con su estado de salud”.

El juez de primera instancia había rechazado los hábeas corpus porque entendió que no estaban bien fundamentados y avaló la medida del gobierno nacional. Dijo que el Poder Ejecutivo “sí ha brindado suficientes y razonables fundamentos que permiten justificar la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida excepcional dispuesta”.

“Debemos recordar que dicha Decisión ha sido dictada dentro del contexto de emergencia sanitaria actual, vinculada a la propagación del virus COVID19, la cual con fecha del 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al brote como una pandemia”, agregó el magistrado, y resaltó el estado de situación por la presencia del variante Delta del virus.

En su fallo, el juez Del Viso reconoció que en los casos que se presentaron pueden estar afectados otros derechos, y no solo el de la movilidad, como la salud o el trabajo, pero que para esos supuestos no pueden ser tratados en un hábeas corpus, sino que deben tramitarse en un amparo. Ahora deberá dictar una nueva resolución.

Es es el primer caso judicial que tiene una resolución sobre la situación de los argentinos en el exterior. Pero hay más causas que están en trámite. Tres de ellas en la Justicia federal de la provincia de Buenos Aires. En uno de los casos, iniciado por el abogado José Luis España por su esposa e hija que se encuentran en Miami, Estados Unidos, la Cámara Federal de La Plata rechazó el hábeas corpus presentado pero ordenó que el caso se tramite como un amparo y quedó a cargo de la Justicia de Lomas de Zamora.

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