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Incrementan los controles sobre alimentos, juguetes, pirotecnia y ofertas de estación
Provincial

El ministerio de la Producción de la Provincia, a cargo de Martín Ferré, incrementará en vísperas de las fiestas de Navidad, Año Nuevo y Reyes, los controles comerciales en alimentación, juguetería, ofertas de estación y pirotecnia, con el objeto de preservar la competencia comercial, la defensa de los consumidores y el acceso a productos encuadrados en las normas de seguridad.

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23 diciembre, 2010 0

Ferré destacó que “estos tipos de controles tienen como finalidad detectar el comercio ilegal y la competencia desleal, ya que asegurando el cumplimiento de las leyes también se tiende a proteger tanto a los consumidores como a los comerciantes de la Provincia”.

”Apelamos a la responsabilidad de todos para no vender ni adquirir productos ilegales, o con fallas en la rotulación. Esto hace no sólo a la transparencia en las relaciones comerciales, sino que, lo más importante, a cuidar la salud y la seguridad de todos”, destacó el Ministro.

Los operativos, realizados por la Dirección Provincial de Comercio ponen el acento en la correcta exhibición de precios al público -en la góndola y vidrieras- lo que permite a los consumidores comparar valores y calidad. A su vez, se exige el cumplimiento de la correspondencia entre lo que se anuncia en los avisos publicitarios, carteles y góndolas y lo que efectivamente se cobra en la caja.

Asimismo los inspectores controlan la correcta rotulación o etiquetado, que requiere información sobre la composición del producto, el fabricante, país de origen, condiciones de uso y, en el caso de los alimentos, valor nutricional, contenido neto y vencimiento. Si se trata de envasados en el comercio, se verifica el peso por unidad de medida.

Para el caso de los juguetes, se controlará el cumplimiento de la Resolución 655, que ordena la presencia de un instructivo de uso en idioma nacional, la especificación de las restricciones de edad, la presencia de materiales que pudieran resultar nocivos (por ejemplo, el ftalato, prohibido en los productos destinados a menores de cinco años) y la certificación de un laboratorio acreditado.

En tanto, los artículos navideños eléctricos deben estar en línea con lo establecido por la resolución 92 que fija el tipo de cables, enchufes y medidas de seguridad con que deben contar. Por caso, sólo están autorizados los enchufes de dos patas planas a 120°. Así son retirados de la venta todos aquellos productos que tengan para su conexión a la red eléctrica patas redondas. En esta línea, las denominadas “zapatillas” sólo pueden tener este tipo de enchufes y además deben estar equipadas con un dispositivo de protección eléctrico.

Pirotecnia

Los fuegos artificiales también deben presentar un rótulo con información sobre el país de origen, el contenido neto y las propiedades del artículo. Además, debe mostrar en forma clara y visible, la autorización de Fabricaciones Militares, ente oficial que realiza el análisis de seguridad del producto y su posterior habilitación para la venta.

La acción Estatal se rige con la normativa que regula las prácticas comerciales y tiene entre sus funciones la de velar por los derechos de los consumidores a adquirir productos seguros y en el marco de las relaciones de competencia comercial (leyes nacionales 22.802 de Lealtad Comercial, 24.240 de Defensa del Consumidor, 19.511 de metrología Legal, entre otras)

También se requiere la documentación referida a la correspondiente habilitación comercial. Y se recomienda a los consumidores evitar aquellos comercios que no cuenten con este tipo de encuadre, ya que la práctica cotidiana de los operativos muestra un mayor número de infracciones en la fabricación y presentación de productos. En casos, como el de la pirotecnia de venta callejera esto puede derivar en el incremento de riesgos para su manipulación por carecer de las medidas de seguridad que exige la correcta fabricación.

Control sobre las ofertas

La Ley de Lealtad Comercial ordena que cuando se anuncia una oferta, debe ser perfectamente visible para el consumidor el precio anterior del producto que busca atraer la atención (por ejemplo, si se ofrece a 8 pesos, debe constar a cuánto se vendía antes).

La correcta presentación requiere de una serie de datos que orientan al consumidor y por ello forman parte del control que realizan los inspectores. Las publicidades a través de carteles, folletos y avisos comerciales dentro y fuera de los locales comerciales debe contener el número de unidades que se pone a la venta en esas condiciones, el periodo de vigencia de la oferta (si no rige hasta el agotamiento del stock), la unidad de medida que marca una referencia del precio (por ejemplo, por kilo si se trata de un producto envasado de menor o mayor contenido neto).

Los alimentos u otros productos pre envasados (por parte del comercio y puestos a la venta en la góndola, como por ejemplo, frutas, verduras, carne) deben presentar el precio del contenido, de la unidad de medida (por kilo, por ejemplo), la calidad y característica. En caso de que la venta se realice al corte (según el pedido del consumidor en el mostrador), la información también debe figurar en un cartel que sea visible para el público.

Desde el ministerio de la Producción se recomendó conocer la calidad de lo que se va a adquirir, ya que eso permite evaluar si corresponde la inversión, y también, el estado del producto. Por eso, la normativa ordena informar al consumidor si presenta defectos o fallas que, en el caso de la ropa o el calzado lo ubicarían como “de segunda”.

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