Mediante la Resolución 5/2025, se oficializó que la remuneración llegará hasta los $322.000 en el octavo mes del año. Además, la prestación por desempleo se fijará en un 75% de la mejor remuneración mensual del trabajador.
Luego de un extenso intercambio de opiniones, durante el cual cada sector realizó sus exposiciones y deliberaciones, no hubo consenso», explicó el Ejecutivo.
El texto también aclara que para trabajadores jornalizados, las tarifas por hora también se incrementarán, teniendo un valor base de $1.513 y alcanzando $1.610 en el octavo mes del año.
Además, la prestación por desempleo se fijará en un 75% de la mejor remuneración mensual del trabajador, con límites establecidos en relación al salario mínimo.
Esta normativa afecta a todos los trabajadores bajo el Régimen de Contrato de Trabajo y tiene como objetivo el de garantizar un ingreso mínimo en el contexto económico actual.
