El Ministerio de Transporte dejó sin efecto la resolución por medio de la cual se aprobaron los pliegos de condiciones generales y llamó a una nueva licitación.
El ministerio de Transporte dejó sin efecto la resolución por medio de la cual se aprobaron los pliegos de condiciones generales, para el funcionamiento de la estación terminal de ómnibus Retiro (ETOR) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De esta manera, el Gobierno Nacional formuló un nuevo llamado a licitación
“Procédase a través de la Tesorería jurisdiccional, a la devolución de los sobres conteniendo las ofertas económicas y de las garantías de mantenimiento de oferta presentadas por los oferentes de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 102/2017”, manifiesta el texto oficial, publicado en el Boletín Oficial hoy por resolución 1098/2018.
De esta manera, desde la cartera de Guillermo Dietrich autorizaron la convocatoria a formular observaciones o sugerencias sobre los proyectos de pliego de bases y condiciones generales, condiciones particulares, de especificaciones técnicas y reglamento para la concesión onerosa del servicio público de administración, explotación comercial y servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus de Retiro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ETOR).
Mediante su informe de fecha 28 de noviembre de 2018, la secretaría de Gestión de Transporte del ministerio de Transporte, informó que en razón de la necesidad planteada relativa a la «redefinición constructiva» de la zona en donde se encuentra ubicada la mentada terminal, la cual no puede permanecer ajena a las lógicas de tejido, espacio público y movilidad en su conjunto y, en particular, en lo relativo a la urbanización del Barrio 31 en un marco generalizado de nuevas obras, es que, “se propicia llevar adelante una nueva evaluación del proyecto de constructividad”.
De esta manera, desde Transporte solicitaron dejar sin efecto la licitación pública nacional e Internacional N° 102/2017, así como los pliegos oportunamente aprobados, y convocar a una etapa previa de observaciones o sugerencias a los proyectos de pliego de bases y condiciones particular y general, de especificaciones técnicas y reglamento, conforme a lo estipulado en los artículos 20 y 8 del Decreto Delegado N° 1023/2001, respectivamente.
