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Reforma laboral: el juez que frenó la ley ahora dio marcha atrás en un punto clave
Politica

En una resolución que sacude el tablero judicial, el juez Raúl Horacio Ojeda revocó parcialmente la cautelar que suspendía la modernización laboral. El cambio impacta directamente en cómo se calcularán las indemnizaciones y deudas legales

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7 abril, 2026

En un movimiento que generó sorpresa tanto en el ámbito sindical como en el empresarial, el juez laboral Raúl Horacio Ojeda decidió dar marcha atrás con la suspensión de un artículo fundamental de la nueva Ley de Modernización Laboral. Se trata del artículo 55, que regula el nuevo esquema de actualización de los créditos laborales.

Hace apenas unos días, el mismo magistrado había dictado una medida cautelar a pedido de la CGT que dejaba en suspenso gran parte de la reforma. Sin embargo, tras un «nuevo análisis» y un relevamiento técnico, Ojeda admitió que mantener ese freno podía, paradójicamente, perjudicar a los trabajadores en diversas provincias del país.

El foco del conflicto: ¿IPC o tasas provinciales?

El núcleo de la decisión reside en el sistema de intereses. La nueva ley establece que las deudas laborales se actualicen por IPC (Inflación) más una tasa pura del 3% anual.

Al suspender este artículo, muchos trabajadores quedaban sujetos a sistemas de actualización locales que, en el contexto actual, rinden menos que la inflación. Según el «estudio de campo» citado por el juez, en jurisdicciones como Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Tucumán y Neuquén, el régimen de la nueva ley resulta más beneficioso para el empleado que las doctrinas judiciales vigentes en esos distritos.

 

«La cautelar no era uniformemente protectoria», se desprende del fallo, reconociendo que la realidad judicial argentina no es homogénea y que una suspensión generalizada fue, al menos, apresurada.

Las claves del nuevo escenario judicial:

  1. Fin de la uniformidad: El juez desarmó la lógica de «suspensión total» y devolvió la pelota a las provincias. Ahora, cada jurisdicción decidirá si aplica los artículos 54 y 55 según convenga al caso concreto.
  2. Inestabilidad jurídica: Este «retroceso» en menos de diez días deja expuesta una fragilidad en el diseño de la cautelar original, alimentando las críticas de entidades como la UIA, que reclaman mayor seguridad jurídica.
  3. El remedio peor que la enfermedad: La resolución admite que, al intentar «proteger» al trabajador frenando la ley, se le estaba aplicando un sistema de actualización monetaria que le hacía perder dinero frente a la inflación.

¿Qué pasará con los juicios en trámite?

Con este giro, se habilita nuevamente la aplicación del esquema IPC + 3% para los créditos laborales, lo que promete reactivar discusiones en los tribunales de todo el país. Mientras la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma sigue pendiente, esta marcha atrás parcial cambia drásticamente la estrategia de abogados y empresas.

La Justicia Laboral queda ahora bajo la lupa: lo que comenzó como un freno total a la reforma de modernización se ha transformado en un escenario de incertidumbre jurisdiccional donde cada provincia tendrá la última palabra.

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