La madrugada del 31 de diciembre de 2005, Pablo Guerrín y su amiga Yesica Gastrel viajaban por la Ruta 8 de regreso a su casa en la localidad de San Miguel.
Unos metros más adelante viajaba Juan Carlos Zapata conduciendo su automóvil en estado de ebriedad. Al llegar a la zona de Del Viso, perdió el control del vehiculo y se cruzó a la mano contraria.
De frente venía una camioneta cuyo conductor –también alcoholizado- se cerró a la banquina para evitar la colisión y, tras el impacto, volcó pasando por arriba al vehículo de Pablo y Yesica, provocando la muerte de ambos.
Los primeros testigos y los peritos médicos dieron cuenta de la evidente intoxicación etílica de los causantes de la tragedia.
La familia de Pablo se presentó como Particular Damnificado con el patrocinio de la Dra. Patricia Pajón. Piden que el responsable del accidente sea condenado por homicidio con dolo eventual. Este enfoque, acompañado por el fiscal interviniente, Dr. Servidio, pretende revertir el criterio que generalmente se adopta en estos casos, que es el de considerar que se trata de un homicidio culposo. Entienden que si se pudo evitar no es “accidente”, y que el causante debe responder por sus actos.
El nivel de alcoholemia que registraba el acusado le permitía comprender perfectamente su accionar, y las pruebas obtenidas permiten sostener que Zapata debió presumir que conducir un vehiculo en esas condiciones era manejar un arma con un riesgo potencial importante para si y para terceros.
Si el tribunal falla según lo solicitado por el Particular Damnificado y la fiscalía, será la primera vez que un accidente de estas características sea calificado como homicidio con dolo.
Silvia García, madre de Pablo, sabe que "nada va a hacer volver" a su hijo, pero quiere que "la sentencia sirva de ejemplo para terminar con la desidia y la falta de compromiso que hoy cuestan la vida de tantos jóvenes en la Argentina".

