Al respecto, la presidenta del INADI, María José Lubertino, sostuvo que “como criterio general, independiente de lo que oportunamente se concluya en este caso, el INADI ya ha opinado que la restricción de los derechos fundamentales de las personas por el solo hecho de vivir en un barrio considerado “peligroso”, denominación que por extensión se utiliza siempre para definir a los barrios humildes, es discriminatorio, con el agravante de que esta medida estaría restringiendo el acceso de las personas de Villa Jardín – incluyendo niñas/os y otros grupos vulnerables – a la libre circulación y acceso a servicios asistenciales básicos” (salud, educación y recreación, por ejemplo).
En ese sentido, el Plan Nacional, aprobado por decreto 1086/2005 señala “…la relación estrecha que se ha instalado en el imaginario colectivo de los sectores sociales más acomodados, asociando “pobre” con ciertas tipificaciones como villero, negro, ladrón, prostituta o drogadicto. En la actualidad, los últimos acontecimientos ligados a la cuestión de la “seguridad” ejemplifican claramente este problema”.
Para finalizar, Lubertino enfatizó que “es preocupante que tal imaginario social pueda verse alimentado por el Estado nacional, provincial o municipal, legitimando un discurso peligroso y discriminatorio” y agregó que “el INADI procederá a remitir una nota para que el intendente de San Isidro brinde explicaciones detalladas de las razones que lo llevaron a tomar esta medida, en tanto se buscará la posibilidad de una reunión con ambos intendentes”.